El intendente municipal Aníbal Regueiro promulgó la ordenanza Nº 828 en la que establece la adhesión de la Municipalidad de Presidente Perón al “Programa Argentino del Bicentenario para la Vivienda Única Familiar”, creado por decreto del Poder Ejecutivo Nacional 902/ 12.
También establece que todos los derechos de oficina que pudieren corresponder abonarse por parte de los beneficiarios “gozarán de una bonificación del 90 por ciento del valor previsto en las ordenanzas” antes mencionadas.
“Déjase establecido que los beneficios otorgados por esta ordenanza no implica la renuncia ni la resignación, por parte de la Municipalidad de su Poder de Policía que le corresponde, así como la eximición a los beneficiarios del cumplimiento de las obligaciones que devienen del Código de Edificación, al momento de la presentación”, señala uno de los artículos de la normativa.
Asimismo, el decreto 902/12 “está direccionado a cumplir con lo preceptuado por el artículo 14 bis de la Constitución Nacional que determina que el Estado Nacional otorgará los beneficios de la Seguridad Social, que tendrá carácter integral, y entre sus componentes se incluye el acceso a la vivienda digna”, señala uno de los considerandos.
En otro de los párrafos, se considera que el Procrear “resulta una herramienta altamente eficaz en términos de políticas sociales con contenido estratégico, motorización de obras y generación de empleos constituyéndose en el mayor plan de viviendas de las últimas tres décadas”.
“…se hace oportuno y necesario formalizar la adhesión, acompañamiento y participación de la Municipalidad de Presidente Perón, con la instrumentación de medidas conducentes para el éxito de los objetivos planteados a través de la creación del Pro.Cre.Ar.”, indica otro de los considerandos de la ordenanza Nº 828.

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