Presentan en Santa Elena un proyecto de admisión y permanencia en espectáculos públicos

| Luego de los disturbios ocurridos en la primera noche de la Fiesta de la Chamarrita, el Intendente de Santa Elena elevó al HCD un proyecto de admisión y permanencia en los espectáculos públicos que se realicen en la localidad.

El Ejecutivo municipal de la ciudad de Santa Elena, tomó la iniciativa de presentar al Concejo Deliberante un proyecto por el cual este municipio se adhiere a la Ley Nacional Nº 26.370 y su derecho reglamentario Nº 1.824/09, el cual establece como finalidad reglamentar la habilitación, funcionamiento y fiscalización de los eventos y espectáculos públicos como así también el derecho de admisión y permanencia en los mismos, contemplando especialmente la prohibición de acceso a toda persona que ponga en peligro o realice acciones que importen un riesgo a la seguridad psíquica y física de los concurrentes o participantes y del que resulte posible la alteración al orden publico generando acciones violentas.

Este proyecto de ordenanza está destinado a aplicarse en los eventos y espectáculos musicales, artísticos y de entretenimiento en general que se desarrollen en lugares públicos de la ciudad, destinado a ejecutarse en todas las personas presentes en espectáculos públicos sean o no de la ciudad de Santa Elena y deben de aceptar el tiempo de admisión, permanencia y/o lo resuelto por decisión policial.

El intendente Daniel Rossi, tomó en consideración esta acción para llevar a cabo el proyecto presentado, considerando los incidentes ocurridos en la primer noche de la 34ª Fiesta Provincial de la Chamarrita, donde un grupo de jóvenes generó disturbios dentro del predio del anfiteatro en momentos que se desarrollaba dicha fiesta, poniendo en riesgo la integración física del público presente que concurrió a presenciar la primer noche de la Chamarrita.

“Es necesario salvaguardar el aspecto psíquico y físico de la personas” expresó Rossi en esa noche, y en conformidad al art. 3º de la Ley Provincial Nº 10.027 Ley Orgánica de Municipios la cual establece que todo municipio entrerriano tiene la autonomía institucional, política, administrativa, económica y financiera para ejercer la funciones de todo otro poder, comenzó a confeccionas este proyecto.

De este modo, el Municipio tiene amplias facultades para ejercer el poder de policía, abarcando distintas etapas (Precaución; prevención; sanción y acción judicial).

Cabe destacar que según el art. 4ª de la Ley Nacional Nª 26.370 establece que: “El derecho de Admisión o Permanencia, es el derecho en virtud el cual una persona titular del establecimiento y/o evento, se reserva la atribución de admitir o a excluir a terceros de dichos lugares, siempre que la exclusión se funde en condiciones objetivas de Admisión o Permanencia, que no deben ser contrarias a los derechos conocidos en la Constitución Nacional, ni suponer un trato discriminatorio o arbitrario para las personas, así como tampoco colocarlas en situaciones de inferioridad o indefensión con respecto a otros concurrentes y/o espectadores o agraviarlos.

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