Sobre las previsiones de la Ordenanza 13.648 de julio de 2009, el Concejo Deliberante se apresta a incorporar 50 empleados de planta transitoria a la planta permanente.
Cabe recordar que a mediados de octubre último el SECODE reivindicó los términos de un acta acuerdo firmada a fines de setiembre con las autoridades del cuerpo sobre las condiciones de ingreso a la planta permanente, modificaciones de adicionales por asistencia y puntualidad, incrementos salariales de naturaleza no remunerativa, mejora en las condiciones laborales y reconocimiento para agentes jubilados.
El borrador de la Resolución se basa en otra anterior del año 1986 y en la Ordenanza 13.648 del 2009, que autoriza al Departamento Ejecutivo Municipal y al Concejo Deliberante, a incorporar en el Ejercicio Fiscal 2.010 a planta permanente, al personal de planta transitoria, tomando como parámetros las previsiones establecidas para el ingreso a planta permanente, conforme a la normativa legal vigente, siendo prioritarias las condiciones de idoneidad y antigüedad de permanencia ininterrumpida durante 4 años como personal de planta transitoria al momento de su designación.
El artículo segundo de esa Ordenanza, autoriza al Concejo Deliberante y al Ejecutivo Municipal a incorporar a planta permanente a partir del Ejercicio Fiscal 2.010, a aquellas personas que acrediten una antigüedad superior a los 10 años de servicios en el ámbito de la Municipalidad de la Ciudad de Salta y que a la fecha de su incorporación se encontraren prestando servicios en el Municipio.
Imprescindible y necesario
En los considerandos de lo que hasta ahora es un borrador, se señala que dentro de la estructura organizativa del Concejo Deliberante existen distintas funciones administrativas como operarias que resultan imprescindibles para el óptimo desempeño del cuerpo y que la incorporación de nuevos agentes a la estructura organizativa del cuerpo no demanda mayores erogaciones.
Las incorporaciones se iniciarán por la categoría inferior de la estructura orgánica.
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