Se brindarán capacitaciones en distintos oficios, a través de centros que se brindarán en tres puntos de la ciudad.
Como consecuencia de que el ministerio, que actualmente conduce Rubén Dusso, no cuenta con la previsión presupuestaria pertinente en el decreto firmado por la Gobernadora Lucía Corpacci, se acuerda que se deberán gestionar las modificaciones necesarias y por ello autorizar al Ministerio de Hacienda y Finanzas, a adoptar las medidas pertinentes y efectuar las adecuaciones y reasignaciones presupuestarias de créditos que resulten necesarios, a fin de poner en inmediata ejecución lo dispuesto en el presente Instrumento Legal.
El sistema fue conformado bajo la modalidad de Polos Productivos que serán los espacios destinados a la capacitación y práctica de las distintas actividades, los que serán tres en su totalidad, situados en el norte, sur y este de la capital de la provincia. Para ello el Estado debe brindar el espacio, materiales y maquinarias destinadas a cumplir con los objetivos.
La masa de beneficiarios recibirá capacitación y práctica en oficios como carpintería de aluminio, herrería, hormigón liviano, hormigón pesado, cría de pollos, ropería, blanquería, entre otros. La duración será en dos fases, una de capacitación, la que se adecuará a la naturaleza de la actividad que se trate, y una segunda fase de producción y/o práctica que será menor a los seis meses. En esta etapa podrán realizar pasantías de prácticas en organismos provinciales.
Los becarios deben cumplir cuatro horas diarias, de lunes a viernes, distribuidas conforme la naturaleza de la actividad en la cual se capaciten. Y asimismo se estableció régimen de licencias por enfermedad (10 días), estudios (hasta dos días por cada examen), por fallecimiento de familiar directo; licencia por maternidad (120 días corridos). En tanto el Estado otorgará a cada becario la cobertura de una Aseguradora de Riesgos del Trabajo a designar por la autoridad de aplicación, por el tiempo que dure la beca. Y no tendrá obligación alguna en lo referente a la cobertura de servicios médicos y/o asistenciales. El otorgamiento de la beca, como así también la pasantía, no implica compromiso alguno para el Estado de incorporar al beneficiario en el futuro a la planta de personal permanente o transitorio de la Administración Pública Provincial.
Las becas se otorgarán a personas de ambos sexos, mayores de edad, con una residencia en la provincia de tres (3) años como mínimo, acreditados con el cambio de domicilio. No podrán tener a la fecha de la inscripción y otorgamiento, mientras dure la misma, otro tipo de becas, planes, o empleo alguno, en el ámbito nacional, provincial, municipal o privado, salvo de la Asignación Universal por Hijo.


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