Después de la sanción de la nueva ordenanza, en donde se modifica la base imponible de la nueva tasa de registro de inspección e higiene, la norma salió aprobada por unanimidad en el concejo deliberante pero genera quejas por parte de los comerciantes.
En contacto con Radio Uno, la Contadora María Elena Ceppi, secretaria de Hacienda de la Municipalidad de Formosa dijo que: “Se trató que todos los sectores involucrados estuvieran involucrados y en ese sentido fue muy rica la comunicación y esto se plasmó en el proyecto definitivo. Siempre dentro del marco de la igualdad ante la ley, la equidad, la solidaridad. Se plasmó en el proyecto, hoy ya ordenanza que fue aprobada por unanimidad. Porque también participó activamente el bloque opositor de manera tal que salió una ordenanza consensuada, en ese sentido con mucha legitimidad”.
Con respecto a las dimensiones de los supermercados locales, para diferenciarlos en cierta medida de las grandes cadenas instaladas en la ciudad explicó que, “también se recepcionó y en la norma se diferenció disminuyendo la tasa a aquellos supermercados que según una escala de superficie son menores a 2.000 m2 entonces se diferencia a los supermercados con 500 m2 hasta 1.000 m2, hasta 1.500 m2 o 2.000 m2. Con superioridad a esas dimensiones hay un incremento con la alícuota y esa también fue una petición de la cámara de supermercadistas”.
En tanto que aclaró que: “La definición de supermercado obedece a una categorización que ya en el orden nacional esta estipulada por las mismas cámaras, es decir obedece a disposiciones del orden nacional”
Agregó luego que: “A los supermercados les toca la tasa de 3x1.000 a 3,5x1.000 y en el caso de las industrias se bajó al 1x1.000. En el caso de las panaderías, según el código alimentario nacional, tipifican y categorizan a la panadería como una actividad industrial. En la base imponible esta definido cuales son los impuestos internos, los impuestos nacionales que se deducen”.
En cuanto a “no exhibir” el comprobante del pago de la tasa en el local cuya sanción contempla la clausura de 3 a 10 días, la contadora explicó que hay todo un proceso administrativo y que como primera medida se aplicaría una multa.
“Hay normas que no se han modificado con esta ordenanza como por ejemplo el procedimiento que tiene la dirección de ingresos municipales que es el organismo tributario en cuanto a su relación con los contribuyentes. Ahí esta previsto los pasos administrativos que debe realizar la administración para la aplicación de las sanciones.
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