Ayer, la Cámara de Diputados de San Juan aprobó una ley que permite estos vidrios.
Mattar además descartó que los Juzgados de Faltas puedan dejar sin efecto las actas de infracción labradas por el uso ilegal de vidrios polarizados antes que se aprobara esta norma que los autoriza, ya que fueron labradas cuando estaba vigente su prohibición.
Por su parte, Abel Hernández, jefe de la Policía de Tránsito, dijo que ahora los operativos se harán para controlar que se cumplan las disposiciones de la nueva normativa en cuanto al porcentaje de opacidad permitido y la ubicación.
La Ley Nacional de Tránsito 24.449 establece en su artículo 30, inciso F, que los ‘automotores deben tener vidrios de seguridad o elementos transparentes, similares, y con el grado de tonalidad adecuados‘, haciendo referencia a la permisión del uso de los vidrios tonalizados que los autos traen de fábrica, pero no a los polarizados. En tanto que la nueva legislación de la provincia establece que está autorizado el uso y colocación de láminas de seguridad y protección solar que reduzcan el traspaso de la luz hasta un 30% como máximo, y que garanticen la adecuada visibilidad para distinguir a los ocupantes del vehículo. Y que sólo deberán colocarse en vidrios laterales, lunetas y parabrisas trasero. Para el parabrisas delantero sólo se permite el uso de una lámina de control solar que no supere los 15 centímetros de ancho. En tanto prohíbe el uso de laminados espejados, pintados y la colocación de elementos que dificulten la visibilidad del parabrisas. En las otras provincias sólo permiten los vidrios tonalizados de fábrica.
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