Se podrá votar con el DNI nuevo

El presidente del Tribunal Electoral Provincial, Ángel Ávila informó que en los casos en que los ciudadanos habilitados no posean el documento que figura en el padrón, la ley electoral en vigencia autoriza la emisión del voto con el DNI otorgado posteriormente.
El Tribunal Electoral Provincial informó que explicó que todos los ciudadanos que se encuentran habilitados para emitir el sufragio deben hacerlo con el DNI que figura en el padrón electoral o, en su defecto, con un documento que haya sido otorgado posteriormente al que figura en el padrón.

A modo de ejemplo, indicó que en el caso de un ciudadano que figure en el padrón con el triplicado de su documento, debe presentarse con este o uno posterior (cuadriplicado, quintuplicado) y NO con una libreta anterior (duplicado).

Señaló que a los efectos de que no se produzcan inconvenientes, el Tribunal Electoral envió ya un instructivo con esta cuestión a los presidentes de mesa que actuarán en toda la provincia

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