Plan de Seguridad Vial: Las multas a las motos podrán costar hasta $800

La ordenanza dispone la exigencia del uso de casco, luces, espejos, seguro, carnet de conducir, documentos de la moto y patente para poder circular. Quien viole alguna de estas normas será multado y se puede disponer la retención de la moto. Además, tendrá que pagar por cada día que la moto permanezca en el depósito.
Este jueves el Concejo Deliberante local sancionó la ordenanza que dispone las exigencias y sanciones que regirán para los conductores de motos a partir del 1 de marzo. La norma fue aprobada por la mayoría del oficialismo, con fuertes cuestionamientos de algunos concejales de la oposición que cuestionaron “la falta de debate”, como lo denunció la concejal Verónica Magni.

Sin embargo, las críticas fueron relativizadas por otros ediles opositores como Juan “Tato” Scelzi que reconoció la existencia de extensos debates, “aunque después las opiniones de la minoría no sean tomados en cuenta” para la redacción final de la norma, que no sufrió modificaciones de fondo respecto al proyecto original enviado por el Intendente Schepens.

Las exigencias

La propuesta impulsada inicialmente por Cesvi con el respaldo de la empresa Río Uruguay Seguros incorpora una larga lista de exigencias que hasta el momento no se controlaban en la ciudad. El incremento de los siniestros e incluso tener que lamentar víctimas fatales en accidentes de moto operaron como factores decisivos para modificar la escasa voluntad política que existía en el Gobierno Municipal para controlar a quienes circulan en moto.

La ordenanza que aprueba el Plan de Saneamiento Vial dispone la exigencia del uso de casco, luces, espejos, seguro, carnet de conducir, documentos del vehículo y patente para poder circular en moto. De este modo, el plazo de vigencia de la nueva normativa comenzará a regir a partir de este próximo jueves 1 de marzo, limitando además el número de ocupantes a dos por moto.

Las sanciones

Quien viole alguna de estas normas será multado de acuerdo a los montos que estipula la Ley Nacional de Tránsito, previo dictamen del Juez de Faltas Municipal. Sin embargo, las sanciones podrán ser mayores según la infracción y puede derivar en la retención de la moto con el posterior traslado al depósito municipal que se abrirá en uno de los galpones del Puerto. Este es uno de los puntos más controvertidos de los cambios que fija la ordenanza, ya que no está explicitado en el texto de la ordenanza en qué casos corresponde retener la moto. Al ser consultado por El Día, el secretario de Gobierno, Agustín Bordagaray, adelantó que la ley de Tránsito estipula “la retención del vehículo ante la comisión de una falta grave” y precisó que se consideran dentro de estos parámetros “la falta de casco, no contar con los papeles de la moto, no llevar el carnet de conducir por ejemplo”. De todos modos, adelantó que durante los primeros 15 o 20 días “seremos más flexibles con los controles antes de retener la moto” y explicó que “si alguien circula sin casco se retendrá la moto hasta que busque el casco y en ese caso se le devolverá la moto sin proceder a llevarla al depósito”, a modo de período de concientización.

La preocupación está asociada con el costo de una sanción de este tipo ya que, además de las complicaciones que implica tener que seguir a pie y recorrer diversas oficinas para recuperarla, la retención de la moto tendrá un costo extra a la multa por el uso de la grúa y cada día que el vehículo permanezca en el depósito municipal. Otra vez, la ordenanza no estipula los montos que deberán abonarse por estos gastos extra. Por eso El Día consultó sobre este asunto al secretario de Gobierno, Agustín Bordagaray, quien adelantó que “todavía no se ha formalizado” el monto que se cobrará por esos dos ítems, aunque estimó que “el traslado de la moto hasta el depósito podrá costar entre $100 y $150 y probablemente unos $10 más por cada día” que la moto permanezca retenida. De este modo, aquel infractor que no cumpla con las normas deberá afrontar una suma importante para recuperar su moto.

De este modo, como se anuncia desde la publicidad de la Municipalidad, este 1 de marzo “El Plan sale a la calle” y habrá que ajustarse a las nuevas exigencias.

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Las multas para las motos

La Ley Nacional de Tránsito estipula en su artículo 34 que el valor de las multas se determina en unidades fijas denominadas UF, cada una de las cuales equivale al menor precio de venta al público de un litro de nafta especial. El Día elaboró un cálculo estimado de las multas para las infracciones más habituales:

* En moto, sin casco: de $ 302,45 a $ 604,90.

* Conducir sin tener la edad reglamentaria: de $ 1.814,70 a $ 6.049,00

* No exhibir la documentación exigible: $ 302,45 a $ 604,90.

* Sin licencia o con licencia suspendida: de $ 1.814,70 a $ 6.049,00.

* Sin las chapas patentes: de $ 302,45 a $ 604,90.

* Por no respetar las indicaciones de las luces de los semáforos: de $ 1.814,70 a $ 6.049,00

A eso se agregan los siguientes costos:

• Traslado hasta el depósito: entre $100 y $150

• Estadía en el depósito Municipal: $10 por día

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