Luego de la polémica que generó el análisis de las Cuentas de Inversión, ahora el Frente Cívico y Social pretende que el propio Tribunal de Cuentas rinda cuentas ante la Legislatura.
Asimismo, solicita al presidente de la Cámara de Diputados, que designe “personal técnico idóneo para poder realizar los Informe de auditorías pertinentes, sobre las rendiciones de cuentas mencionadas, para que con posterioridad la Comisión Bicameral Revisora de Cuentas se expida mediante dictamen, y en base a él, los plenos de ambos cuerpos de la Legislatura resuelvan”.
En sus fundamentos, el diputado justifica el proyecto al señalar que entre las obligaciones que tiene el Tribunal de Cuentas debe “presentar directamente a la Legislatura la memoria de su gestión antes del treinta y uno de mayo de cada año”.
Asimismo, señala que el Tribunal de Cuentas de la Provincia debe remitir a la Legislatura Provincial por un lado su Memoria Anual y por otro su Rendición de Cuentas, para que esta última en particular, sea remitida a la Comisión Bicameral Revisora de Cuentas de la Administración, para que se emita dictamen y como consecuencia de, ello ambas cámaras resuelvan”.
Posteriormente, el diputado afirma que “a las normas previstas en la Ley Nº 4621, como así también las normas reglamentarias que a través de las distintas acordadas dictó el propio Tribunal de Cuentas, estamos sujetos todos a los que les alcanza algún tipo de responsabilidad en los Juicios Administrativos de Responsabilidad, excepto a los miembros del Tribunal de Cuentas por el vacío legal que se observa del análisis de las normas, y que él propio Tribunal de Cuentas por razones éticas debió reglamentar, o aconsejar su reglamentación”.
En ese sentido, Sánchez afirma que el Tribunal de Cuentas “como órgano de control externo debió por motivos obvios dar el ejemplo de cumplimiento acabado de las normas (inclusive propias) que en materia de manejo y rendición de la hacienda pública existen”.
Por esta situación, es que el legislador considera como “una cuestión pendiente dictar nuevas normas que establezcan, o adaptar las existentes, en materia de procedimiento, responsabilidades, formas de presentación y demás, a las cuales se deberán ajustar los cuentadantes del Tribunal de Cuentas”.

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