Piden el reemplazo de Ferreira en la intendencia de Viedma

Los integrantes de la Confluencia para la Emancipación Rionegrina solicitaron hoy el reemplazo de Jorge Ferreira en la intendencia de Viedma. Plantean que el jefe comunal ha cesado de pleno derecho en su cargo por incurrir en incompatibilidades.
La confluencia que conforman el Partido Socialista y el Movimiento Proyecto Sur presentaron una nota en el Concejo Deliberante donde solicitan el “reemplazo por Vacancia” para Ferreira, contemplado en el artículo 54 de la carta orgánica municipal.

Argumentan que al haber asumido el cargo de Convencional Constituyente municipal, Ferreira no podría ejercer como intendente, ya que el artículo 42 de la carta orgánica establece que todo cargo electivo del Gobierno municipal es incompatible con el ejercicio de cualquier otro cargo electivo en el orden municipal.

Advierten además que según el artículo 43, los integrantes de los poderes municipales cesarán de pleno derecho en sus funciones cuando, por causas sobrevinientes a su asunción, incurrieren en alguna de las inhabilidades o incompatibilidades previstas en la carta orgánica.

“En consecuencia—concluyen—, Jorge Ferreira ha cesado de pleno derecho en su cargo de intendente municipal, a partir del momento en que incurrió en la incompatibilidad antedicha. Por lo expresado, corresponde que ese Honorable Consejo Deliberante así lo considere y lo declare, con la prontitud que la gravedad institucional de tales circunstancias amerita, poniendo inmediatamente en funcionamiento los mecanismos legales de Reemplazo por Vacancia que establece el artículo 54 de la carta orgánica municipal de Viedma”.

El reemplazo por vacancia estipula que en caso de fallecimiento, renuncia, destitución o incapacidad del intendente, asumirá el Poder Ejecutivo el concejal de su mismo partido político que lo siguiere en el orden de lista. Si faltare más de un año para completar el período convocará en un plazo de quince días a elecciones de intendente, las que se realizarán en el término de los sesenta días siguientes. El electo completará el período del intendente que reemplaza.

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