Abogados destacaron que no se deben poner trabas para cumplir con el derecho de las víctimas de abuso en un hospital. La Corte Suprema determinó que todas las mujeres violadas pueden interrumpir el embarazo sin autorización judicial.
El máximo tribunal de Justicia de la Nación resolvió que se puede interrumpir un embarazo si es producto de un abuso sexual sin orden judicial y que no hay penas para estos casos.
Tras el fallo, algunos sectores pusieron en dudas la posibilidad de aplicarlo porque la mayoría de las provincias carece de protocolos que determinen cómo actuar en estos casos en los hospitales.
Mónica Menini, integrante de la Alianza de Abogados por los Derechos Humanos, difundió un comunicado de la organización para destacar que la falta de guías técnicas para la interrupción del embarazo “no puede obstaculizar” el cumplimiento de la sentencia.
“El acceso al aborto no punible es un derecho en nuestro ordenamiento jurídico. Aún sin contar con protocolos, es exigible la práctica solicitada... ya que el médico puede realizarla de acuerdo al saber profesional”, sostuvieron los abogados.
En su resolución, la Corte exhortó a que las Provincias elaboren guías técnicas de acción para agilizar las intervenciones a mujeres abusadas.
La Alianza de Abogados por los Derechos Humanos destacó que este pedido que hicieron los jueces para favorecer la celeridad “no implica de manera alguna” que el acceso al aborto “se encuentre supeditado a mayores reglamentaciones aprobadas por funcionarios locales o nacionales”.
Autoridades del Hospital Público Materno Infantil, donde se deberá realizar la interrupción del embarazo por ser el servicio especializado en ginecología, sostuvieron que el fallo de la Corte “no los involucra”
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