Piden juicio oral para el encargado de autorizar obras en la Municipalidad

El Fiscal Correccional número 6 Facundo Ruiz de Los Llanos solicitó a la jueza correccional María del Milagro López la realización de juicio oral y público contra el director de Fiscalización de Obras Particulares de la Municipalidad de Salta ingeniero Víctor Marcelo Amado por los delitos de desobediencia judicial e incumplimiento de los deberes de funcionario público y contra Ángela Torres propietaria del inmueble catastro 101114, ubicado en el pasaje Patrón Costas, de barrio San Bernardo por desobediencia judicial.
El Fiscal Ruiz de Los Llanos incrimina a ambos por haber incumplido un fallo de la Corte de Justicia del año 2005, que acogió favorablemente un amparo presentado por varios vecinos y en el que ordenó a los propietarios del inmueble catastro 101114, detener la construcción de una obra proyectada hasta obtener la aprobación municipal del proyecto.

Esa resolución de la Corte, consignada en el expediente 28193, ordenó además a la Municipalidad que se abstenga de aprobar el proyecto presentado hasta que se realice el correspondiente impacto ambiental y social, con la intervención que por ley le corresponde a los amparistas.

El proyecto original del año 2006 para construir en un el predio colindante a la peña Gauchos de Güemes fue cambiado por otro destinado a vivienda familiar, que se adecuaba a las normas municipales y que fue aprobado el 14 de mayo de 2009, con lo cual el en noviembre de 2009 el Fiscal penal número 2 archivó las actuaciones por entender que no había delito.

Sin embargo 20 días después, una de las personas que dijo estar afectada por la nueva construcción efectuó una nueva presentación, dijo que había serias irregularidades y omisiones en la actuación del fiscal correccional número 2 y pidió la revisión del archivo dictaminado por ese fiscal.

Trato particular

La Fiscal de Cámara de Acusación Josefina David de Herrera se pronunció al respecto el 7 de diciembre de 2009 y dijo que " es menester llevar adelante la labor investigativa hasta sus últimas consecuencias logrando colectar la mayor cantidad de datos posibles para resolver sobre la acción penal y que solo se tuvo en cuenta para resolver la causa lo referido por la Corte de Justicia en decisión del año 2005, que el proyecto aprobado por la Municipalidad no fue el proyecto presentado y cuya validación prohibiese el Superior Tribunal, hasta que se realice el estudio de impacto ambiental sino uno nuevo que corresponden a una vivienda familiar que cumple a criterio de la autoridad competente con los códigos de Planeamiento y Edificación vigentes.

La fiscal Herrera alude a que se trató de dos proyectos diferentes , relativos a un mismo catastro. Uno que preveía dos edificios y siete viviendas en total, que fue rechazado y el segundo, de una vivienda con destino familiar, en el que no resultaría exigible lo impuesto por la Corte. Sostuvo la fiscal Herrera que " sin perjuicio de ello , debe advertirse que el inmueble en cuestión requería de un trato particular en atención al el interés - relativo a sus derechos medioambientales - puesto de manifiesto por los vecinos a través de la acción de amparo que interpusieron y sobre la que el máximo tribunal se expidió".

El fiscal Ruiz de Los Llanos adjuntó a la jueza Correccional número 6 abundante prueba, fotos, planimetría del lugar y una opinión de la asesora legal municipal María Cristina Salazar Díaz contenida en los expedientes relativos a los dos proyectos donde se señala que el edificio no es una obra para vivienda familiar, que no es de baja densidad y que requiere estudios de impacto ambiental.

También se consigna una opinión de la directora de Planeamiento Urbano Laura Souberán que consideró, en base a la opinión de la asesoría legal que era menester un estudio de impacto ambiental a partir del fallo de la Corte de Justicia.

El fiscal Considera que la propietaria del inmueble desoyó deliberadamente el mandato jurisdiccional del máximo tribunal local como asimismo la restrición impuesta por el ente municipal al llevar adelante y continuar la construcción de un proyecto de obra en el inmueble matrícula Nº 101.114 sin dar cumplimiento a los recaudos allí exigidos previo a todo trámite.

“Es decir que se estaría llevando adelante en el lugar de los hechos una obra que supera la altura permitida de ocho metros, siendo que lo permitido es planta baja y primer piso, conforme se puede apreciar de los croquis y fotografías; la obra consta de 4 pisos que supera la altura permitida, encuadrándose en las denominadas obras fraudulentas, según el nuevo código de Planeamiento Urbano, lo que se ve confirmado en el informe de COPAUPS que refiere la obra debió mantener el estilo arquitectónico colonial “Posta de Yatasto” como lo es el predio donde opera la agrupación gauchesca.

“A partir de este acontecer fáctico” expresa el Fiscal- es que este Ministerio Público entiende que la conducta desplegada reconoce un contenido claramente delictual por cuanto la misma con su conducta, desde su notificación provocó el incumplimiento de una orden clara y concreta destinada hacia su persona e impartida por el Superior Tribunal local.

“La señora Torres, encontrándose en pleno conocimiento de las restricciones dispuestas por el alto tribunal, llevó adelante la construcción en abierta contradicción con lo ordenado oportunamente, por lo que se tiene que la causante ha incumplido deliberadamente un mandato judicial dirigido hacia su persona, atentando así contra el normal desenvolvimiento de la administración pública de Justicia”.

Absoluta apatía

En cuanto al director de Obras Civiles de la Municipalidad Víctor Marcelo Amado el Fiscal Ruiz de Los Llanos le atribuye haber contrariado la disposición de la Corte de Justicia al aprobar un proyecto de obra bajo su supervisión, con absoluta apatía por los mandatos concretos del máximo tribunal.

"Permitió que se llevara adelante un proyecto sobre un inmueble sobre el cual pesaban una serie de restricciones, permitiendo y avalando que la obra continúe en abierta confrontación con la resolución de la Corte de Justicia, por lo que se tiene que habría incumplido deliberadamente un mandato judicial atentando contra el normal desenvolvimiento de la administración pública de justicia.

También con su conducta y a través de su actuación como funcionario público en ejercicio de sus funciones propias, habría omitido dar cumplimiento a las disposicones legales reglamentarias que se debe observar en lo relativo a la aprobación de los planos de obra del inmueble en cuestión, esto es obviar todo el procedimiento preeestablecido para la exigencia del Estudio de Impacto Ambiental y Social, con lo cual se tiene que la omisión quedó determinada al sustraerse deliberadamente de sus obligaciones legales y reglamentarias que lo son propias a la función que ejercía al momento del evento, todo lo cual revela un obrar evidentemente doloso por parte del endilgado que eviodencia su responsabilidad al respecto y au atenta de manera directa al desenvolvimiento de la administración de Justicia.

"El imputado habría ejecutado un hecho el cual habría tenido la virtualidad como para vulnerar dos normas diferentes del código de fondo, dando lugar a un concurso ideal de delitos quebrantando dos normas del Código penal, desobediencia judicial e incumplimiento de los deberes de funcionario público.

Cautelar

Tras requerir juicio oral y público el fiscal Facundo Ruiz de Los Llanos solicitó una medida cautelar de no innovar debiendo paralizar se de manera urgente la construcción de la obra del inmueble en cuestión sobre avenida Uruguay 740.

El pedido es a los fines de evitar que el ilícito de marras sea llevado a consecuencias ulteriores”

Aer su supo que el Fiscal requirió al menos tres veces esta cautelar en los últimos día. El pedido de juicio oral y público es el del 26 de mayo del corriente año, pero recién tomó estado público la semana pasada.

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