El magistrado da clases en esa unidad académica y recientemente bajó de 17 a 10 años la condena a un hombre por femicidio. En el fallo marcó “la actitud casi provocativa que la víctima venía exhibiendo al momento de producirse el altercado”
Esta vez, decidió bajarle la pena de 17 años de prisión a 10 años y 3 meses al femicida Marcelo Gentile, quien en el año 2007 había asesinado a martillazos y cuchillazos a su pareja, Dirlene Viera.
Al momento de mensurar la pena, Piombo argumentó que el asesino estaba enceguecido por la pelea que venían teniendo minutos ante: “Se perfila un estado emocional que no contiene todas las características que la ley requiere para obrar como atenuante calificativa, pero si para ejercer una vigorosa influencia a la hora de considerar la sanción como correlato de la autoría culpable”, argumenta el magistrado.
Asimismo, en el escrito sentenció: “.A eso debo aditar la actitud casi provocativa que la víctima venía exhibiendo al momento de producirse el altercado. Sumo, a esto último, la favorable impresión personal recogida en ocasión de comparecer el acusado a estrados”.
“Una vez más se revictimiza a las mujeres y niñas que sufren violencia por parte de varones, incluso llegando a justificar el accionar de los mismos, constituyendo una grave afectación y violación a los derechos de las mujeres y niñas, actuando el poder judicial como legitimador de estas prácticas”, cuestionaron desde el colectivo de mujeres Las Juanas Mar del Plata.
En este marco, pidieron “el avance del jury seguido al juez Piombo; la destitución de su cargo como docente de la Facultad de Derecho de la Universidad Nacional de Mar del Plata; y la incorporación de la figura de femicidio al Código Penal”.
Piombo cuenta con otros antecedentes, entre ellos un fallo dictado en abril de este año, que le valió un escrache en las facultades de Derecho de Mar del Plata y La Plata, donde es docente.
En esa oportunidad se repudió el fallo a través del cual se le bajó la pena a un pastor abusador con argumentos basados en la clase social a la cual pertenecían las víctimas. El magistrado comprendió que las niñas abusadas son “mujeres que viven en comunidades en las que el nivel social acepta relaciones a edades muy bajas; que además, poseían experiencia sexual- incluso en yacer con otros hombres- respecto de las cuales también operó el ejemplo brindado por otros sujetos para convencerlas de tener sexo natural con el objeto de estar en condiciones de concebir un hijo”.
Además argumentó que los hechos sufridos por las niñas no son “moralmente edificantes” pero tampoco implican “un quehacer aberrante, repulsivo, que hiera la integridad sexual o que constituya, como se ha dicho, ‘la pompa de la deshonestidad’”.
Ese dictamen fue elegido meses después como la segunda decisión judicial más sexista del año, en un concurso internacional impulsado por Women´s Link Worldwide, una organización de derechos humanos que pone bajo la lupa las decisiones judiciales en el mundo.
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