Piden informes a tres organismos por el proyecto del hotel Playa de Vesta

La diputada provincial Virginia Cornejo (Partido Propuesta Salteña) pidió informes al Ente Regulador de los Servicios Públicos, a la secretaría de Recursos Hídricos y al ministerio de medio Ambiente para conocer si el emprendimiento hotelero Playa de Vesta, a la vera del río Castellanos en San Lorenzo contempla todos los aspectos vinculados al cumplimiento de la Ley Provincial 7070 de Medio Ambiente.
La legisladora requirió al Ente Regulador un informe sobre la situación de salubridad de las aguas del río Castellanos, acompañando los estudios que se hayan practicado al respecto. También si se ha previsto la construcción de una planta depuradora para la zona de influencia de ese río y un informe técnico respecto de la factibilidad de agua potable y de servicios sanitarios para el funcionamiento del hotel Playa de Vesta, que se proyecta construir en las proximidades del río Castellanos.

Mediante otro proyecto de Resolución la diputada Cornejo solicitó al secretario de Recursos Hídricos, conocer los siguientes aspectos: si se ha evaluado la compatibilidad del proyecto del hotel Playa de Vesta con la legislación vigente, específicamente con las disposiciones de la Ley 7543, estado de conservación de las defensas existentes en el río Castellanos y si las mismas reúnen los requisitos necesarios para cumplir adecuadamente su función y que provea copia del plano correspondiente de donde surja la delimitación de la zona de ribera del río Castellanos.

Mediante un proyecto de Resolución se requiere además que el ministro de Ambiente y Desarrollo Sustentable informe en un plazo de diez días hábiles si los responsables del proyecto de construcción del hotel solicitaron excepciones a las normas aplicables, y en su caso, si fueron autorizadas

También pide conocer si se ha fijado fecha para realizar audiencia pública, conforme lo previsto por la Ley Provincial Nº 7070, si se ha evaluado la compatibilidad del proyecto del hotel con el estilo arquitectónico, el paisaje natural y el valor escénico de la zona circundante, conforme lo previsto por el artículo 92 y 94 de la Ley 7070 y que acompañe copias del certificado de aptitud ambiental y del estudio de impacto ambiental y social que se haya expedido y se haya presentado respectivamente, referente al proyecto de construcción del hotel.

Comentá la nota