Piden impugnar elección en las 62 organizaciones

La Junta Electoral pospuso el trámite hasta los primeros días de octubre.

La Junta Electoral de las 62 Organizaciones Sindicales Peronistas hizo lugar al pedido del Sindicato de Luz y Fuerza para que no se realice la proclamación de autoridades, tras la elección realizada el 27 de agosto último que dio como ganador a Valerio Luna, en representación del sector de los papeleros, hasta tanto se determine la validez de las impugnaciones presentadas por el gremio de los energéticos y Upcn.

Por otro lado, el órgano fiscalizador del proceso electoral decidió suspender la instancia por un plazo de treinta días, a partir del 4 de este mes, momento en que emitió tal resolución.

El tiempo establecido tiene por objeto estudiar y posteriormente definir las impugnaciones presentadas. La medida lleva las firmas de Carlos Ordoñez y José Vargas, dos de los tres miembros de la Junta.

Las objeciones para evitar la proclamación fueron interpuestas por el delegado congresal del Sindicato de Luz y Fuerza, Benjamín Rivero, y el secretario general de Upcn Jujuy, Luis Cabana. Ambos dirigentes no cuestionaron el legítimo triunfo del papelero, aunque sí pusieron en tela de juicio sus condiciones para poder ejercer el cargo.

En sus observaciones, ambos dirigentes destacaron que Luna no tiene cargo directivo en ningún sindicato que forme parte de las 62 Organizaciones, no está legitimado como establece el estatuto de la institución, y es jubilado, lo que implica que no registra ninguna actividad que avale la representación de un sector obrero.

Además exhibieron documentación emitida por la Anses a través de su página web.

En tal sentido afirmaron que Luna es jubilado desde el 7 de mayo de 2010 y que en el organismo nacional está registrado como beneficiario de un haber previsional. En el informe señala que su trámite -para la obtención de su jubilación- ha sido resuelto en forma favorable.

En el considerando de la resolución, la Junta Electoral puso de relieve que el órgano tiene facultades para la organización, fiscalización, resolución de impugnaciones, empadronamiento, oficialización de listas y proclamación de autoridades y que sus miembros tienen mandato hasta la puesta en posesión del cargo de las nuevas autoridades.

Cita además que las solicitudes de impugnación y de suspensión de la proclamación se basan en la supuesta existencia de graves vicios que podrían desembocar en la nulidad de los comicios, y que esos supuestos vicios requieren de un análisis detenido y pormenorizado de todos los hechos alegados por los impugnantes y los hechos acaecidos en el marco del acto eleccionario.

Por lo pronto, el proceso de normalización de las 62 Organizaciones Peronistas deberá esperar hasta los primeros días de octubre, cuando la Junta se pronuncie en torno a los pedidos de impugnación presentados por dos sindicatos que forman parte de la estructura de este movimiento sindical que busca desde hace varios meses su normalización.

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