Piden se implemente la ley de kioscos saludables en las escuelas

La Cámara de Diputados del Chaco aprobó la resolución elevada por los diputados aliancista Delia González, Carim Peche y Sergio Vallejos, en la que solicitan al Poder Ejecutivo que proceda a implementar la aplicación de la ley 6401, que se encuentra vigente, referente a la creación del Programa “Campaña Provincial de Concienciación y Promoción de Kioscos Saludables”.

La Cámara de Diputados de la Provincia del Chaco

Sanciona con fuerza de Ley Nro. 6401

La Cámara de Diputados de la Provincia del Chaco

Sanciona con fuerza de Ley Nro. 6401

ARTICULO 1°: Créase el Programa "Campaña Provincial de Concienciación y Promoción de Kioscos Saludables", en todos los establecimientos educativos dependientes del Ministerio de Educación, Cultura, Ciencia y Tecnología de la Provincia.

ARTÍCULO 2°: Serán objetivos de la campaña:

a) Procurar la toma de conciencia de la población estudiantil sobre la importancia de incorporar hábitos de alimentación saludable, que coadyuven a lograr un óptimo estado de salud.

b) Organizar campañas de difusión, especialmente dirigidas a la población infantil y adolescente, promoviendo dietas saludables y advirtiendo sobre las causas del consumo de gaseosas, jugos azucarados y alimentos de bajo aporte nutricional y perjudicial para la salud.

c) Generar acciones de prevención asociadas a la nutrición deficiente, corno la obesidad y el sobrepeso o que resulten agravadas por ella.

d) Colaborar con los organismos; encargados de la nutrición escolar y de la población en general, dependientes del Ministerio de Educación, Cultura, Ciencia y Tecnología, del Ministerio de Salud Pública y del Ministerio de Desarrollo Social y Derechos Humanos.

e) Difundir un listado de los alimentos saludables, con la colaboración del Ministerio de Salud Pública, en todos los establecimientos educativos.

ARTICULO 3°: El Ministerio de Educación, Cultura, Ciencia y Tecnología, conjuntamente con el Ministerio de Salud Pública, serán los organismos de aplicación de la presente.

ARTÍCULO 4°: El Ministerio de Educación, Cultura, Ciencia y Tecnología, organizará con las autoridades de los establecimientos educativos de su jurisdicción, charlas informativas a cargo de profesionales en nutrición, a fin de concienciar a los estudiantes sobre los beneficios de una alimentación sana.

ARTÍCULO 5°: Regístrese y comuníquese al Poder Ejecutivo.

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