Piden que fotos y datos de menores desaparecidos aparezcan en sitios oficiales

El Senado de Entre Ríos acordó adherir a la ley nacional que dispone la publicación de fotos e información sobre los menores desaparecidos incluidos en el Registro creado en el ámbito del Ministerio de Seguridad y Derechos Humanos de la Nación.
La comisión de Legislación General del Senado entrerriano acordó un dictamen para que la provincia adhiera a la Ley Nacional 26.581 que establece la inclusión, en páginas web oficiales, de un espacio destinado a hacer conocer la nómina e imágenes de niños/as perdidos que figuren en el Registro Nacional de Información de Personas Menores Extraviadas creado por Ley Nacional 25.746.

El senador Luis Pañozzo, autor de la iniciativa que invita a los Municipios a adherir a la norma, argumentó que “este sistema de difusión sirve a los fines de colaborar con las familias para dar con el paradero de los menores extraviados”.

En los considerandos del texto se indica que, "los medios de comunicación dan cuenta de casos de extravíos, o desaparición de niñas, niños y adolescentes en todo el país y que esta problemática debe ser objeto de tratamiento para arbitrar esta adhesión como uno de los pasos a seguir para disminuir el flagelo de la desaparición de menores".

La nómina a la que hace referencia corresponde a la que figura en el Registro Nacional de Información de Personas Menores Extraviadas, creado por Ley 25.746 en el ámbito del Ministerio de Justicia, Seguridad y Derechos Humanos de la Nación.

"También es menester que las autoridades con competencia en materia de menores que tomen conocimiento de denuncias de desaparición, se comprometan a aportar datos de los menores extraviados en nuestra provincia para que se agreguen al registro correspondiente y se difunda a través de las páginas web". agrega el texto.

La norma nacional sancionada en diciembre de 2009, dispone incluir en cada página web perteneciente al Poder Ejecutivo, sus entes centralizados y descentralizados, un espacio específicamente destinado a hacer conocer la nómina e imagen de niños/as perdidos que figuren en el Registro Nacional de Información de Personas Menores Extraviadas, creado por Ley Nº 25.746 en el ámbito del Ministerio de Justicia, Seguridad y Derechos Humanos.

Por otra parte, se invita al Poder Judicial, Poder Legislativo, a provincias, municipios, legislaturas provinciales y a la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, a proceder del mismo modo en sus respectivas jurisdicciones y en sus organismos.

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