Pese a las presiones, Entre Ríos está a un paso de tener colegio médico

La Federación Médica denunció que se modificó el proyecto consensuado en lo referente a la representatividad de los profesionales. El Senado avanzó igual y le dio media sanción al proyecto.

Lo hizo presidido por el vicegobernador de la provincia, Eduardo Lauritto. El encuentro comenzó apenas pasadas las 20 y se extendió por espacio de una hora y media. Los legisladores, ante la inminencia de un receso que coincidiría con la próxima sesión ordinaria, prevista para dentro de 15 días, decidieron reunirse la semana que viene, de acuerdo a lo permitido por el artículo 16 del Reglamento, por lo tanto, el Cuerpo será convocado para el próximo 6 de julio. Al fundamentar la creación del Colegio Médico, el presidente de la Comisión de Salud, Carlos Garbelino, rechazó los términos vertidos en una solicitada y destacó el trabajo realizado en los últimos tres años para llegar al texto que hoy recibió media sanción. Teniendo en cuenta la cercanía del 1 de julio, se rindió un homenaje a Juan Perón.

Colegio Médico

Al fundamentar el proyecto, que tiene 15 capítulos y 56 artículos, el Senador Garbelino dijo que la creación del Colegio “permitirá mejorar la calidad del servicio médico en todo el territorio. Es diferente a las representaciones existentes y superadora”, precisó.

“Este texto es el reflejo de una lucha muy grande, no ajena a los sinsabores, porque a pesar de generar todas las instancias de diálogo posibles, hemos sido atacados por algunos intereses”, lamentó

Recordó el trabajo realizado y expresó que “muchas cosas se han dicho en estos tres años”. “Es una legislación moderna, consensuada, participativa, para beneficio de los que ejercen como médicos y para la población”, aseguró.

“El modelo de conducción es representativo e incluyente”, enfatizó al fundamentar el texto que contó con la aprobación de todos los presentes.

Rescató el debate “sincero” en el seno de la comisión, tiempo en el que se consulto a las asociaciones, a los organismos del Estado, “los que nos han hecho llegar propuestas, las que se receptaron y algunas de ellas forman parte de este texto que hoy votamos”, agregó.

Garbelino resaltó que desde el Senado “hemos sido abiertos y receptivos. Hemos tratado de acortar la distancia entre posiciones extremas, resguardando el interés público y la calidad de la profesión”.

Dijo estar sorprendido por la aparición de una solicitada, “la que no se corresponde con todo lo trabajado y hablado”

Llamó a la reflexión a los dirigentes que se arrogan representaciones que no son tales.

“Es un texto contenedor y representativo, resguardando la ética de la responsabilidad”, afirmó.

En tanto el Senador Firpo avaló el trabajo hecho por la comisión, buscando siempre resguardar la búsqueda de consensos. “Sé del esfuerzo para buscar los equilibrios, por las posturas que se oyeron en la comisión”, acotó. Además recordó los contenidos de la Constitución en relación al ejercicio de las profesiones.

Por su parte el Senador Ruiz votó en forma positiva la ley y también destacó el trabajo que se dio en este tiempo. De todo participaron los asesores del Bloque y coincidió en el salto cualitativo. Destacó que las comunidades pequeñas se verán beneficiadas.

Aspectos de la ley

Con el texto que recibió media sanción se crea el Colegio de Médicos de Entre Ríos, el que funcionará con el carácter de persona jurídica de derecho público no estatal, que tendrá su domicilio legal y sede principal en la ciudad de Paraná, con competencia en toda la jurisdicción provincial, mientras que sus órganos colegiados podrán sesionar en cualquier lugar de la Provincia.

El Colegio estará integrado obligatoriamente por todos los Profesionales con título Universitario habilitante de Médico, Doctor en Medicina, Médico Cirujano o equivalente; que se encuentren matriculados en la Ministerio de Salud y los que en lo sucesivo, se matriculen ante el Colegio de Médicos de Entre Ríos, siendo obligatoria la Colegiación para ejercer la profesión médica en todo el ámbito del territorio provincial.

Establece que para ejercer la profesión Médica en el ámbito de la Provincia de Entre Ríos será requisito indispensable la previa inscripción en la Matrícula, cuyo registro llevará el Colegio de acuerdo con esta Ley y las reglamentaciones que dicten.

Funciones del nuevo colegio médico

1.- Velar por el cumplimiento de las disposiciones de la presente Ley, las reglamentaciones que en su consecuencia se dicten y las demás normas del ejercicio profesional y las que le sustituyeren en el futuro.-

2.- Garantizar que la Profesión Médica sea ejercida por quienes han cumplido los requisitos legales relativos al correspondiente título universitario habilitante y a la matriculación.-

3.- Verificar la autenticidad de los títulos universitarios habilitantes y desarrollar permanentemente las funciones de vigilancia y contralor correspondientes.-

4.- Fiscalizar el ejercicio profesional.-

5.- Participar en la creación y funcionamiento de un Seguro de Salud en la Provincia de Entre Ríos.-

6.- Hacer efectivas las medidas de su competencia, causadas por transgresión de los deberes profesionales de los matriculados.-

7.- Asegurar el correcto funcionamiento de los órganos de conducción, gobierno y administración del Colegio.-

8.- Defender los derechos e intereses de los profesionales matriculados, relacionados con sus condiciones de vida y respecto de cualquiera de las formas de trabajo desarrolladas, en función de su título habilitante o de su capacitación como Médico.-

9.- Promover la capacitación permanente y actualización científica de los colegiados.

10.- Asegurar el correcto y regular ejercicio de la profesión Médica, incrementar su prestigio, estimular la armonía y solidaridad profesional entre los colegiados.-

11.- Dignificar al Médico en el desempeño de la función pública.

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