Pescado con perejiles

El Tribunal Nacional de Casación confirmó la condena de quienes en 2005 habían intentado exportar más de quinientos kilos de cocaína en panes de merluza congelada. Como si fuera poco, el veterinario antes absuelto resultó condenado por falsedad ideológica: era el que había facilitado los papeles. Tarde, pero seguro.
Hace falta poco para recordar este impactante caso, por más que hayan pasado casi cinco años. Fue un escándalo que pocos se ocuparon de indagar a fondo ya que había, al parecer, muchos intereses creados en el meollo de la cosa. Es lógico creer que un acoplado cargado de pescado congelado, y relleno de cocaína, no puede salir de un puerto como el de Mar del Plata sin la venia de varios que ocupen espacios en diferentes estamentos sociales. Pero es solamente una inferencia, ya que los tan nombrados narcotraficantes colombianos -que deben de haber hecho los mejores contactos, a juzgar por lo que gastaron en su viaje a esta ciudad- siguen siendo una incógnita. Los detenidos y condenados son, por supuesto, los miembros del eslabón local.

La droga había llegado a los depósitos de la firma Plancton, propiedad de Alberto Edgardo Coluccia y Darío Oscar Favio Pessina, sitos en San Salvador 3768 de esta ciudad, donde se la disimuló en 95 cajas de pescado con membrete de la firma. Desde allí se la trasladó al establecimiento Dol Fish, de la misma calle San Salvador 3241, donde aquel 19 de mayo de 2005 se cargó el contenedor, teniendo cuidado de que las cajas estuvieran en el fondo del cargamento, es decir debajo de otras 810, cuyo peso total era de alrededor de 20.000 kilos. Se puso el precinto aduanero de rigor y se lo despachó por tierra a Buenos Aires, donde se lo cargó en el buque Aliança Bahía rumbo a Europa.

Como todos sabemos, sortear las normas de seguridad que la Comunidad Económica Europea exige para la exportación de alimentos, no es cosa sencilla. Es por eso que no cualquier firma con vocación de progresar y una producción prolífica está en condiciones de venderle al viejo continente. Hacen falta muchos trámites y controles sucesivos, supervisados por inspectores extranjeros que se ocupan de que todo esté en orden.

La pregunta del millón era –entonces- cómo la firma fantasma Plancton, que no contaba con más infraestructura que un depósito en la ciudad, había logrado tales permisos. La respuesta fue sencilla: Coluccia se había valido de un contacto, el veterinario Alberto Biesa, de la firma Ardapez, firma que sí cuenta con las respectivas credenciales de exportación. El profesional firmó los certificados falsos, asegurando que el pescado de Plancton provenía en realidad de aquella firma legal y autorizada.

La droga fue interceptada en junio, y los primeros allanamientos se realizaron en agosto, aunque hay que destacar que los procedimientos estuvieron marcados por una notoria impericia de los agentes actuantes. El juez Eduardo Farah se hizo cargo de la causa, y de inmediato Biesa fue detenido, aunque sólo por el plazo de una semana, ya que afirmó desconocer el verdadero contenido de aquellas cajas. De todas maneras, no pudo justificar de ninguna forma la falsificación de documento público, ya que a las cajas de pescado ni siquiera las había mirado. El juez consideró, ya en aquel momento, que las respuestas que daba eran vagas y pueriles, teniendo en cuenta el tiempo que llevaba en el ejercicio de la profesión.

El fusible

En el puerto de Amberes, en Bélgica, alguien había perforado un bloque de merluza congelada procedente del puerto de Mar del Plata, y en su interior había encontrado ni más ni menos que 520 kilogramos de cocaína de la buena. Un papelón internacional para los exportadores locales. ¿Y cómo había llegado la sustancia allí? Tardaron meses en preguntárselo.

Este país tan generoso no deja de sorprender, y alcanza una rápida ojeada por la curiosísima labor que desarrollaron los agentes judiciales. El Tribunal Oral en lo Criminal Federal de Mar del Plata resolvió condenar a los dueños de la planta, Alberto Edgardo Coluccia y Darío Oscar Favio Pessina, a la pena de 7 años de prisión, pérdida de concesiones y regímenes especiales, privilegios y prerrogativas de las que gozaran, y a la inhabilitación especial de tres años para ejercer el comercio. Se determinó, además, la inhabilitación absoluta por el doble del tiempo que llevara la condena para desempeñarse como funcionarios o empleados públicos, y perpetua para ser miembros de una fuerza de seguridad, además del pago de las costas. Fueron considerados autores penalmente responsables del delito de contrabando de estupefacientes, agravado por la cantidad de sujetos intervinientes y por la finalidad de comercializarlos en el exterior.

Frente a esto, el defensor Sergio Fernández consideró que era un exceso, y que no se habían tenido en cuenta los atenuantes, como la falta de antecedentes de los nombrados, además de que estaba mal que se tomara en cuenta la cantidad de cocaína traficada como un elemento de juicio. Por eso presentó el caso ante la Cámara Nacional de Casación Penal, integrada por Gustavo Mitchell, Guillermo Yacobucci y Luis María García, apoyándose en pactos internacionales que garantizan al acusado la revisión de su condena por un tribunal superior. De paso se presentó también el Ministerio Público, que en primera instancia había estado representado por el fiscal Daniel Adler, ofuscado porque el veterinario Alberto Biesa había resultado absuelto del posible cargo de falsificación ideológica a través de la alteración de un documento público. Ni siquiera le habían permitido ampliar la acusación y condenar a Biesa por el contrabando de pescado, simple y llano. Aunque no se pudiera probar que sabía que los papeles falsos que estaba firmando tenían como finalidad cargar cocaína en el pescado, los envíos anteriores de merluza ilegal habían alcanzado las 19 toneladas, y representaban contrabando de todas formas, aunque fuera de simples alimentos.

Condimentos

El 20 de septiembre, la Cámara se expidió diciendo que no aceptaba la casación para la condena de Coluccia y Favio Pessina. El juez Yacobucci expuso que no consideraba excesiva la pena aplicada, ya que semejante delito preveía condenas que iban hasta los 16 años de cárcel, y se les habían dado solamente 7. El tribunal se extendió en disquisiciones acerca de si era o no un documento público aquel que había firmado Biesa a sabiendas de su condición mendaz, o si adquiría aquel valor testimonial una vez que era refrendado por el SENASA. Pero de todas maneras, los magistrados resolvieron que el veterinario debía ser condenado por el cargo de falsedad ideológica, y que sería el tribunal de primera instancia el que pondría un número a la pena aplicada.

Pero no sólo eso: los jueces estuvieron en franco desacuerdo con la actitud del Tribunal Oral, al no haber permitido que el fiscal acusara al veterinario por el contrabando de pescado a partir de las pruebas que fueron surgiendo durante el proceso. De hecho, por un exceso de tecnicismo, se perdieron cinco importantes años, en los cuales un profesional que puso en jaque a la Aduana y engañó a todos los profesionales que se desempeñaban con él, estuvo libre y absuelto. Independientemente de que supiera o no que dentro del pescado había drogas, el contrabando estuvo, ya que los panes salieron del país con una documentación apócrifa que el profesional consiguió a cambio de una suma de dinero. Y no era la primera vez que lo hacía.

Una vez más, un caso que la prensa local se ocupó de borrar de la faz de la Tierra cuando se supo que los dueños de la planta no estaban solos, que había contactos en el exterior y en la policía local que podían llegar a tocar de pleno en el Poder Judicial. La letra chica había dejado libres a los partícipes necesarios que se ganaban unos pesos por hacerse los ciegos, sordos y mudos. Pero –a no entusiasmarse-, por más que llegó a la casación, solamente están presos los perejiles, los que estaban parados en la punta visible del iceberg; los que decoraban el pescado. Los dueños del amasijo jamás serán nombrados dentro del claustro judicial. Al menos aquí.

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