La falta de reglamentación del Código de Aguas, si bien no impide la vigencia de esa reciente ley, es una estrategia del Poder Ejecutivo para acotar los alcances de esta nueva norma. Así opinaron diputados del Frepam, bloque que impulsó esa ley, al denunciar que la falta de reglamentación de esta y otras leyes "es sistemática" y representa una forma de desautorizar el trabajo de los diputados.
Para Berhongaray -presidente de la comisión de Ríos-, el transcurso de 180 días sin reglamentación refleja "una lucha de atribuciones, una cuestión de competencia, que cada organismo vinculado a la materia hídrica cuida su quintita, y no se ponen de acuerdo en esto que exige el Código que es definir una autoridad única de aplicación que sea la encargada de coordinar todo el funcionamiento del tema".
Carlos Pessi, también integrante de la comisión de Ríos, recordó que al asumir en 2007 "recibimos este (borrador del) Código de Aguas en la comisión de Ríos Interprovinciales, la comisión lo trató desde el primer día, se revisó completamente su texto, se volvió a debatir artículo por artículo y se logró un consenso en el 99 por ciento de los artículos". El 1 por ciento restante parece ser el punto que frustró, hasta ahora, la reglamentación de algunos artículos. "Ese punto fue justamente, el punto de la autoridad de aplicación, que fue el punto que el justicialismo alegó durante casi dos años para no darle aprobación al proyecto". Para zafar del nudo gordiano, el Frepam hizo una concesión al PJ y al Poder Ejecutivo: sancionar un texto en el que no se definiera qué organismo sería la autoridad de aplicación para dejarle al gobierno plena libertad para tomar esa definición.
"Para nosotros es una doble la burla", sentenció Pessi. "Porque nosotros contribuimos a que la ley salga (haciendo esa concesión), y por el otro lado se abusó de ese acuerdo político, por llamarlo de alguna manera, y el Ejecutivo no cumplió con su obligación, porque reglamentar las leyes no es una facultad del Ejecutivo, es una obligación, y una obligación establecida en la Constitución y en cada ley".
Para los diputados del Frepam, el organismo más apropiado para actuar como autoridad de aplicación de este Código es la Secretaría de Recursos Hídricos, por ser de todas las reparticiones provinciales vinculadas al agua la que tiene mayor jerarquía en el organigrama del Ejecutivo pampeano.
Docenas.
Según afirmó Pessi, en La Pampa suman "docenas" las leyes de reciente sanción que están sin reglamentar. "Leyes que establecen derechos para enfermos de epilepsia, para personas que sufren de distintos males en materia de salud, cuestiones de discapacidad, la ley que tiene que ver con las leyes de microcréditos", enumeró el legislador a vuelo de pájaro.
"Tenemos que tomar conciencia -advirtió- que hay una forma de gobernar en el Poder Ejecutivo que es no reglamentar leyes para con ello acotar o evitar la plena de vigencia de esas leyes. Es una forma más de desconocer al Poder Legislativo y de desconocer la ley. Esto es sistemático, una forma de ejercer el Poder Ejecutivo y anular al Poder Legislativo, porque las leyes, en la mayoría de los casos, no adquieren plena vigencia al no estar reglamentadas".

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