Pedirán que se investigue las acreencias

En caso de mediar acciones legales por parte del Banco, se pedirá que la Justicia Penal investigue el origen de sus acreencias
Desde la Defensoría se afirmó que el Estado tiene el derecho de suspender o cancelar los códigos de descuentos. Y extra o judicialmente el recalculo de la deuda se debe hacer sobre los intereses que ya ha determinado jurisprudencialmente la justicia, o buscándose una justa composición para las partes. En caso de mediar acciones legales por parte del Banco Columbia, se pedirá que la Justicia Penal investigue el origen de sus acreencias, los porcentajes aplicados a cada préstamo, que el Banco exhiba toda la documentación que respalde los cobros que exigen para verificar si han sido constituidas legalmente y si no ha existido abusos de firmas en blanco u otras irregularidades, tanto del Banco como de sus Gerentes.

Desde el Área de Defensa del Consumidor y el Usuario de la Defensoría del Pueblo, no se hizo esperar la réplica a las declaraciones realizadas por representantes del Banco Columbia que, actualmente, se hallan presentes en esta capital, quienes sostienen que el recálculo de deudas con los empleados estatales es ilegal. Sobre este particular, el titular del Organismo de la Constitución, José Leonardo Gialluca, expresó: “La legalidad de la medida, dispuesta por el Estado Provincial, ha sido analizada por el cuerpo de profesionales del derecho que integran la Defensoría y no nos caben dudas de que la suspensión de códigos de descuentos y su prórroga, son absolutamente legales, así como, de la manera planteada, el recálculo de las deudas es perfectamente lícito. Ahora, que la medida no le convenga a una que otra entidad bancaria o financiera, eso es otra cosa, remarcó el funcionario.

Si existe algo ilegal, y lo afirmamos rotundamente, son las tasas de interés aplicadas por algunas entidades bancarias, crediticias y financieras, a expensas de la necesidad de la gente. Desde la Secretaría Letrada de la Defensoría, se subrayó que no se puede aplicar cualquier porcentaje de interés, con el justificativo dado por el Gerente de Ventas del Banco Columbia, Oscar Parodi, los intereses deben encuadrarse dentro de los límites legales, no debiendo existir groseras desproporciones entre lo prestado y el interés aplicado, pues entonces se aplica el Art. 954 de nuestro Código Civil, que claramente establece que: Puede demandarse la nulidad o la modificación de los actos jurídicos, cuando una de las partes, explotando la necesidad, ligereza o inexperiencia de la otra, obtuviera por medio de ellos una ventaja patrimonial evidentemente desproporcionada y sin justificación.

Se presume, salvo prueba en contrario, que existe tal explotación en caso de notable desproporción de las prestaciones. Más clara no puede ser la ley, esta no es una medida que haya surgido ahora, se viene analizando desde hace tiempo, en el que venimos reclamando por los abusos que se cometen con el asalariado que toma un préstamo. La suspensión de los códigos de descuentos, bien lo afirmó Parodi, es un derecho del Estado y el recálculo de la deuda, se hará sobre la base de llamar al acreedor, en el caso Banco Columbia, sentarlo con el deudor, quien no olvidemos adhiere a este sistema y buscar una justa composición de intereses, se ha desarrollado ampliamente la cuestión del interés razonable, por lo que no vamos a abundar sobre el tema, manifestó Gialluca, los sistemas francés y alemán a los que alude el responsable de la entidad bancaria, son fórmulas para el pago, nada tienen que ver con la ley nacional que estatuye el límite de intereses.

No he oído, hasta el momento, finalizó diciendo el funcionario, que se haya expresado que se va a renegociar por menos o por debajo de los intereses legales que correspondan, si al aludir al recálculo como “medida política” Parodi se refiere a la concepción que toma a la política como el arte de hacer lo bueno, estamos de acuerdo con él. Respecto de las acciones legales, estamos dispuestos a redoblar la apuesta, si son iniciadas, acompañaremos a la gente a la justicia penal, para que ante la misma los demandantes expliquen, el origen de sus acreencias, los porcentajes aplicados a los préstamos otorgados y si los mismos no encuadran en hipótesis de fraudes o estafas.

Que exhiban todas las documentaciones que respalden las obligaciones cuyo cobro exigen, para verificar si han sido constituidas legalmente y si la documentación que las avala se condice con las mismas, es decir si no ha habido abusos de firman en blanco u otras irregularidades. Esperamos contar, para ello, con la colaboración de la AFIP y de la Dirección General de Rentas de la Provincia.

Comentá la nota