Pase a planta en Salud: El jueves comienza la inscripción

Los aspirantes deben completar el formulario de inscripción y adjuntar la documentación probatoria referida a: antigüedad en la función, capacitación, asistencia y aptitud laboral.
La inscripción para el ingreso a la planta permanente y transitoria del Ministerio de Salud comenzará este jueves 9 y se extenderá hasta el 28 de septiembre, inclusive. La iniciativa está reservada para quienes acrediten vínculo prestacional con la cartera sanitaria al 30 de abril de 2010. Así lo establece el Decreto Provincial Nº 1610, que reglamenta la Ley Nº 6528 de pases a planta para el personal de Salud.

El decreto reglamentario, firmado por el gobernador Jorge Capitanich y el ministro de Salud, Francisco Baquero, establece además que los interesados deberán completar el formulario de inscripción y adjuntar la documentación probatoria referida a: Antigüedad en la función, Capacitación laboral, Asistencia y Aptitud laboral. Los dos últimos requisitos deberán ser certificados por el director del área en el cuál se desempeña el aspirante.

LA INSCRIPCIÓN

Toda persona que acredite vínculo prestacional al 30 de abril de 2010, bajo cualquier modalidad con el Ministerio de Salud Pública podrá aspirar, acorde con el título habilitante y las funciones o tareas efectivamente desempeñadas, a cargos profesionales, técnicos, auxiliares, administrativos, obreros y maestranza y de servicios.

En esa línea, se informa que en el área administrativa que cada director establezca, estarán disponibles para los interesados los formularios de inscripción, que en forma completa deberán ser presentados con la documentación probatoria conformando la carpeta de antecedentes. Cuando el aspirante cumpla funciones en más de una oficina o establecimiento, deberá presentar su inscripción y carpeta de antecedentes en un solo lugar, debiendo adjuntar informes de asistencia y aptitud laboral suscriptos por el director de cada oficina o establecimiento donde preste servicios.

En el formulario de inscripción, el aspirante deberá consignar la tarea y/o función que desempeña, la cual deberá ser certificada en la Hoja 2 del formulario de inscripción por el director de la oficina o establecimiento. Se aclara además, que las tareas y/o funciones declaradas en la inscripción no serán vinculantes para la decisión administrativa final que disponga la designación.

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