Días pasados, la Dirección Provincial del Trabajo dispuso la conciliación obligatoria entre el Superior Tribunal de Justicia y las tres entidades gremiales. Ambas partes deberán abstenerse de tomar medidas de acción directa por un plazo de 5 días hábiles. Las partes fueron citadas a una audiencia de conciliación obligatoria para el próximo 15 de octubre a las 11 horas.
La Dirección Provincial del Trabajo dispuso la Conciliación Obligatoria entre el Superior Tribunal de Justicia (STJ) de la provincia y las tres entidades gremiales: Sindicato de Empleados Judiciales del Chaco, Unión de Trabajadores Judiciales del Chaco, y la Asociación Judicial del Chaco.
Tras la disposición, ambas partes deben abstenerse de tomar medidas de acción directa y/o retrotraer aquellas que se hubieren tomado por un término de cinco días hábiles, a partir de su notificación. En el marco de la disposición, se cito a una audiencia de conciliación obligatoria entre ambas partes, para el 15 de octubre de 2010 a las 11 horas.
La disposición de la Conciliación Obligatoria está supeditada “siempre bajo apercibimiento de lo dispuesto en varios artículos de la ley 2.956” que regula el régimen de la Dirección Provincial del Trabajo, según señala la medida dispuesta por el interventor del organismo, Ramón Alberto Flores.
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