* El acto eleccionario comienza hoy a las 8 horas y culmina a las 18 horas. A las 8 en punto ya se puede ir a votar. * Desde la medianoche y hasta las 21 de este día están prohibidas las reuniones de electores o depósito de armas durante las horas de la elección a toda persona que en los centros urbanos habite una casa situada dentro de un radio de 80 metros alrededor de la mesa receptora.
* Tampoco se pueden realizar, en esos horarios, espectáculos populares al aire libre o en recintos cerrados, fiestas teatrales, deportivas, y toda clase de reuniones públicas que se refieran al acto electoral, durante su desarrollo y hasta pasadas tres horas de ser clausurado. * Está prohibido vender alcohol y expender cualquier clase de bebidas alcohólicas hasta transcurridas tres horas del cierre del comicio. En los comercios, las heladeras exhibidoras deben estar cubiertas. * Está prohibido ofrecer o entregar a los electores boletas de sufragio dentro de un radio de ochenta metros de las mesas receptoras de votos. * Los electores no podrán portar armas, banderas u otros distintivos durante el día de la elección, doce horas antes y tres horas después de finalizado el comicio. * No se podrán abrir organismos partidarios dentro de un radio de ochenta metros del lugar en que se instalen mesas receptoras de votos. Y además, la Justicia Electoral prevé que no se instalen mesas de votación a menos de ochenta metros de la sede en que se encuentre el domicilio legal de los partidos nacionales. * Quienes no puedan votar por encontrarse a más de 500 kilómetros de su lugar de residencia deberán acercarse a las delegaciones de Registro Civil, para emitir la justificación del «no voto». * En Trelew, estarán abiertas las puertas de las delegaciones del Registro Civil Centro y Norte. La del Centro abrirá de 9 a 17 horas. Y la delegación Norte de 12 a 18. También en estas oficinas se podrá consultar padrones. * Los únicos documentos cívicos habilitantes para votar son los siguientes: Libreta Cívica (LC), Libreta de Enrolamiento (LE) y Documento Nacional de Identidad (DNI). El formato tarjeta del DNI, las constancias de extravío o de documento en trámite no son válidos para votar. * La persona que no vote y que no justifique su inasistencia ante la Secretaría Electoral del distrito correspondiente dentro de los 60 días posteriores a la elección respectiva, será considerado infractor y será pasible de ser multado con una suma que va desde los 50 a 500 pesos. * Quienes trabajen en distintos ámbitos (privado o público) y que por razones de trabajo estén ocupados durante las horas del acto electoral, tienen derecho a obtener una licencia especial de sus empleadores para poder concurrir a emitir el voto o desempeñar funciones en el comicio, sin deducción alguna del salario ni ulterior recargo de horario.
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