24 años para Corredera y 14 para Rivero en la sentencia por el crimen de Franco Castro

Este miércoles el Tribunal 4 definió ese destino de condena para José Corredera Legato y Juan Rivero, luego de que el fiscal había solicitado para ambos cadena perpetua por “homicidio calificado por alevosía”

Minutos después del mediodía de este miércoles, el Tribunal Oral 4 dictó la sentencia del juicio seguido a José Maximiliano Corredera Legato, y a su amigo Juan Manuel “El Rulo” Rivero, ambos imputados por la muerte de Franco Castro, asesinado de un tiro en marzo del año pasado. La audiencia prevista para las 12 se desarrolló en el quinto piso del Palacio de Justicia.

En su alegato, el doctor Juan Pablo Lódola acusó a los dos por “Homicidio calificado por alevosía”, teniendo en cuenta el total estado de indefensión en que se encontraba la víctima cuando fue atacada. A corredera el fiscal lo sindicó como el autor material del hecho, en tanto que a Rivero lo ubicó en calidad de partícipe. Les pidió cadena perpetua.

Por su parte el particular damnificado, Marcelo Savioli Coll, abogado de la Familia Castro, adhirió a la acusación fiscal y, subsidiariamente, pidió que los condene por “Homicidio simple” con el agravante del artículo 41 Bis del Código Penal, a 33 años a Corredera Legato, y a 28 años a Rivero. Además propuso, por la misma calificación, 25 y 21 años de prisión respectivamente.

En lo que hace a las defensas, los abogados de Corredera, Eduardo Toscano y Cristian Pradas habían planteado la nulidad del proceso y adermás solicitaron el cambio de calificación por “Homicidio culposo”, argumentando que el hecho se trató de un accidente. También habían propuesto la figura del “Homicidio con dolo eventual” con una pena mínima.

Asimismo hubo un planteo de atenuación referente al estado de emoción violenta que pudo haber vivido Corredera en el momento del hecho, ya que, siendo un adicto crónico a los estupefacientes, y momentos antes había consumido en cantidad, lo que hizo fue salir en defensa de su novia a la que creyó habían manoseado.

En cuanto a Rivero, su letrado Julio Mario Razona hizo un cuestionamiento sobre los informes ofrecidos por los peritos que practicaron los estudios psiquiátricos de su cliente en dos oportunidades, y que arrojaron conclusiones encontradas respecto a su personalidad.

El primero de los estudios –al que el letrado le dio valor--, concluyó en que Rivero era de personalidad débil, que apoyaba permanentemente su vida en terceros, mientras que el segundo arrojó que tenía una personalidad fuerte. El abogado dijo que esto se debía a su permanencia en prisión donde, indefectiblemente, con el correr del tiempo cualquier persona se endurece.

En cuanto a los cargos que pesaban sobre Rivero, el defensor descalificó la figura de “partícipe necesario” que le atribuyó la Fiscalía, ya que en ningún momento tuvo protagonismo en el episodio. Dijo que Rivero actuó de buena fe llevando a Corredera en el auto, y que en ningún momento imaginó el resultado de lo que éste haría.

Por último remarcó que para ser participe tendría que haber habido un acuerdo previo, que no existió, porque no acordaron ir a matar a nadie, y pidió que se lo absuelva libremente. Además señaló que lo máximo que podría reprochársele es una conducta por “Encubrimiento”, y recordó que esta figura no rige para los amigos íntimos como eran en ese momento los dos individuos. Cerrando su exposición, invocó la libre absolución.

Concluidos los alegatos se le concedió la última palabra a los dos imputados. Corredera se mostró arrepentido, en tanto que Rivero pidió perdón a la familia de la víctima y se puso a llorar.

Este miércoles entonces los jueces Jorge Daniel Peralta –presidió el juicio--, Gustavo Raúl Fissore y Néstor Jesús Conti, dictaron la sentencia, cuya lectura estuvo a cargo de la secretaria Patricia Zarini.

A Corredera Legato, de 32 años, y su amigo Rivero, de 30, como se sabe, se les atribuye el crimen de Franco Castro, de 16, asesinado de un tiro en marzo del 2010 cuando iba con un grupo de amigos a la Plaza del Agua a celebrar la noche de San Patricio.

Ambos están alojados en la cárcel de Batán, y llegaron a esta instancia por resolución del juez de Garantías Juan Francisco Tapia que a comienzos de abril pasado elevó la causa a juicio, medida confirmada por la Sala Tercera de la Cámara Penal, doctores Pablo Martín Poggetto, Raúl Alberto Paolini y Juan Manuel Fernández Daguerre.

EL CRIMEN DE FRANCO

El crimen de Franco, como se recordará, tuvo lugar en horas de la madrugada del 14 de marzo del año pasado, en oportunidad en que la víctima (jugador de básquet del Club Peñarol y estudiante secundario del Instituto Idra), se dirigía con unos amigos a la Plaza del Agua, en la zona de San Lorenzo y Güemes, para participar de la tradicional Fiesta de San Patricio que se celebra en el lugar.

Cuando los chicos llegaron a la esquina de Alvear y Vieytes, a su lado frenó bruscamente un Ford Fiesta gris, conducido por Rivero, del que descendió Corredera, con una pistola en la mano, y a los gritos les reprochó haber manoseado a su novia Claudia Bozzano.

Los pibes se quedaron paralizados y fue entonces cuando el sujeto, apoyando el arma en el cuello de Franco, le efectuó un disparo sin ningún tipo de contemplación. El asesino y su amigo se dieron a la fuga, en tanto la victima era auxiliada por una patrulla de la comisaría segunda y llevado al Hospital Interzonal donde murió poco después.

Al otro día, la víctima fue velada en la cochería Piovano de Tres de Febrero al 3600, y en medio de escenas de profundo dolor y congoja la inhumaron en el Cementerio Colinas de Paz. Simultáneamente la policía allanaba la casa de Corredera, en Alvear al 4600, a dos cuadras del domicilio de la familia Castro.

El individuo fue detenido y alojado en la seccional cuarta, y al día siguiente lo llevaron a Tribunales para ser indagado por el doctor Lódola, negándose a prestar declaración. El 16 de abril de 2010 el juez Tapia le dictó la prisión preventiva por “Homicidio”, disponiendo su alojamiento en la cárcel de Batán.

Mientras tanto Rivero que había escapado a Bahía Blanca donde se refugió en la casa de un tío, decidió entregarse, volvió a Mar del Plata y se presentó en Tribunales con un abogado. Le confesó al fiscal haber estado en el lugar del hecho, pero se declaró inocente y acusó a Corredera del crimen. Quedó detenido en la comisaría de Balcarce, y posteriormente lo pasaron al pabellón de refugiados de la Unidad penal 15.

Al cierre del debate, como lo informamos, Corredera ofreció su versión del hecho. Buscando justificar su conducta criminal en su adicción a las drogas, el sujeto le dijo a los jueces que aquel día, el 14 de marzo de 2010, tras consumir estupefacientes en cantidad, salió a perseguir a un grupo de personas que creyó habían manoseado a su novia Claudia Bozzano.

Al lugar llegó acompañado por su amigo “El Rulo” Rivero que manejaba el auto, un Ford Fiesta gris. Dijo Corredera que extrajo una pistola que llevaba en la guantera y apunto a los chicos, a los que vio aterrorizados. Contó que Franco era el que tenía más cerca y como no le contestaba le pego en el cuello y se le escapó el tiro.

Cabe mencionar que los médicos forenses aseguraron que a Franco lo mataron con el arma apoyada en el cuello, en tanto que los peritos psiquiátricos y psicológicos informaron que, pese a su adicción a los estupefacientes, Corredera era lúcido y en el momento del episodio sabía lo que hacía.

Los dichos de Corredera fueron seguidos atentamente por los padres de la víctima, Mariel Lilian López y Mario Enrique Castro, que todos de la mano y con lágrimas en los ojos revivieron la muerte de su hijo contada por el propio homicida. También entre la concurrencia al juicio, se repitieron las escenas de llanto y dolor ante los dichos del imputado. También entre la concurrencia al juicio, se repitieron las escenas de llanto y dolor ante los dichos del imputado.

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