Con el fin de optimizar las funciones de control de la Hacienda Pública en la Municipalidad de la Ciudad de Corrientes, profesionales en ciencias económicas elaboraron una propuesta que prevé dos órganos que abarcan distintos aspectos del control interno y la creación de un Tribunal de Cuentas Municipal a cargo del contralor externo.
El proyecto que ya está en condiciones de ser presentado al intendente Camau es una de las peores acciones que el kirchnerista no está dispuesto a soportar.
Es que para contrarrestar "la falta de transparencia" que denuncia la oposición en el Concejo, el intendente kk sale a caminar de la mano de dos "incondicionales" como Miriam Coronel, con antecedentes de quedarse con dinero indebidamente, y de "Justito" Estoup, el actual secretario del Concejo Deliberante y quien solamente responde ordenes de Camau.
En torno a las competencias en el control de la Hacienda Pública Municipal, existen aún en la Provincia de Corrientes ciertas dudas en torno a qué organismos son los responsables de hacerlo, en el especial el contralor externo.
En el caso particular de la ciudad de Corrientes existe confusión en la interpretación de las funciones y competencia del órgano encargado de hacerlo, el cual se creó como órgano de contralor interno aunque también cumple funciones de contralor externo.
Por esa razón, un equipo de contadores que integran el Consejo Profesional de Ciencias Económicas de Corrientes y ejercen distintas funciones dentro de la Municipalidad de la Ciudad de Corrientes, elaboró un proyecto que fue presentado y premiado en las IX Jornadas Nacionales del Sector Pública realizadas de la ciudad de San Juan.
Dicha propuesta establece dos tipos de controles: uno Interno y otro Externo que no necesariamente representa la postura oficial del Estado Municipal.
El Control Interno, dependiendo del Poder Ejecutivo se divide a su vez en “Control Interno Administrativo y de Legalidad” a cargo de una Contaduría General que equivale a modificar la situación actual ya que funciona una Dirección General Contabilidad desde la última Intervención Federal al Municipio, que le ha quitado la estabilidad necesaria para ejercer esta función.
En tanto, también para el control interno se propone el “Control Interno de Gestión y de Auditoría Interna” a cargo de un área dependiendo exclusivamente de la Intendencia Municipal, que dicte las normas de control interno y vigile el cumplimiento de las mismas. A su vez que observe los objetivos definidos por la gestión política y el grado de cumplimiento de los mismos, a través de las tareas encomendadas a los funcionarios y el grado de satisfacción de los ciudadanos.
Por otra parte, para el Control Externo se proyecta la creación de un Tribunal de Cuentas Municipal dentro de la órbita del Concejo Deliberante que tenga entre sus funciones más importantes las de revisión de las cuentas públicas y las responsabilidades de los funcionarios, pudiendo iniciar los Juicios de Cuentas y de Responsabilidades.
“Es una propuesta que surge de analizar normativas provinciales y municipales, así como de experiencias de municipios de la provincia, de la región y del país” señaló la contadora María Julia Alvarez, co-autora de la propuesta junto a los contadores Nelly Rosalía Duarte, Hugo Eduardo Flores y Cynthia Maciel.
La contadora Alvarez indicó que para entender bien el porqué de la necesidad de una nueva definición de las funciones de contralor interno y externo, se requiere repasar aspectos históricos del control de la Hacienda Municipal en la Provincia de Corrientes.
En la Municipalidad de la Ciudad de Corrientes el Régimen de Control de la Hacienda Pública, ha generado diversas y encontradas posiciones. Originariamente, por aplicación de la Ley Provincial Nº 3.175, el Control Interno en la Municipalidad recaía en la Contaduría General y el Control Externo en el Tribunal de Cuentas de la Provincia.
Posteriormente, con la sanción de la Primera Carta Orgánica de la Ciudad de Corrientes en 1994 se incorpora la figura de la Auditoría Administrativa Municipal, con funciones de control contable interno dentro del Departamento Ejecutivo.
En ese momento, de la sanción de la Carta Orgánica Municipal en 1994, regía en la Provincia de Corrientes y se aplicaba para todos los municipios de la misma, la Ley de Contabilidad Nº 3.175 que otorgaba el control externo al Tribunal de Cuentas de la Provincia, razón por la cual la Carta Orgánica de la ciudad de Corrientes asigna específicamente las funciones de control interno a la Auditoría Administrativa.
No obstante, el Honorable Concejo Deliberante le otorgó también funciones de control externo, similares a las que posee el Tribunal de Cuentas de la Provincia, teniendo entre sus atribuciones, la de revisar las cuentas de la administración municipal e informar mensualmente sobre los aspectos legales y contables de las mismas al cuerpo deliberativo.
Posteriormente, en el año 2004 se dicta la Ley Nº 5571, la cual es aplicada en forma supletoria en la esfera municipal.
Con la última reforma del año 2007, el Tribunal de Cuentas de la Provincia adquiere rango constitucional como órgano de control externo de la Hacienda Pública Provincial, teniendo competencia para el control externo de los municipios solamente cuando no exista en ellos un órgano con las mismas funciones.
Asimismo, en la reforma constitucional se estableció como disposición transitoria que: “en el caso de que al 31 de diciembre de 2008 el municipio no creare el Órgano de Control de la Hacienda Municipal ni suscribiere convenio con el Tribunal de Cuentas de la Provincia, este organismo ejercerá dichas funciones a partir del 1º de enero de 2009 y hasta tanto se dé cumplimiento efectivo a la norma constitucional”.
A raíz de esta situación, la Municipalidad de la Ciudad de Corrientes, recibió en 2008 una Solicitud de Información del Tribunal de Cuentas Provincial sobre qué normativa regía el control de la Hacienda Municipal, a lo cual el Municipio respondió que se rige por su Carta Orgánica y que el Concejo Deliberante establece las normas que regulan el movimiento económico, financiero, presupuestal. Además defendió la competencia de la Auditoría Administrativa Municipal para el control externo.
“Por lo que se desprende de la revisión histórica, la Auditoría Administrativa Municipal de la Ciudad de Corrientes nace como un Órgano de Control Interno, y cumple en su carácter técnico con las funciones equivalentes al control externo del Tribunal de Cuentas Provincial” resaltó la contadora Alvarez.
No obstante, la contadora Nelly Duarte remarcó que el hecho de que la Auditoría Administrativa Municipal cumpla las funciones de contralor interno y externo no significa que sea el mecanismo más adecuado, y por eso se efectúa la propuesta de que se instrumente un Control Interno desdoblado en Control Admnistrativo Legal y Control de Gestión-Auditoría Interna, en la esfera del departamento Ejecutivo y un Control Externo dentro de la esfera del Concejo Deliberante.
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