Otorgaron prisión preventiva a Héctor Pereyra

El pasado jueves 15 de marzo se realizó en dependencias de la Fiscalía de Bolívar la audiencia tendiente a tratar la pertinencia de dictarle prisión preventiva a Héctor Pereyra, autor del homicidio del que resultara víctima Manuela Páiz a principios de este año, o bien concederle arresto domiciliario.
En la misma estuvieron presentes el juez de Garantías a cargo del Juzgado de Garantías N° 2 de Olavarría, la titular de la Fiscalía local, la Defensoría Oficial y el propio Pereyra.

Durante el transcurso de la audiencia en la que se dieron por conocidos los fundamentos probatorios por los que se solicitaba la prisión preventiva, se abordó la existencia de los peligros procesales de fuga y de entorpecimiento en la investigación, los que fundamentaban a criterio del Ministerio Público Fiscal la procedencia de dicha medida. Así fue informado desde la UFID local.

En este sentido desde la Fiscalía se hizo hincapié en varios aspectos, entre otros: "1) en la posibilidad de que entorpezca la investigación tratando de influenciar sobre testigos que depusieron en forma desfavorable al mismo, y principalmente respecto de la hija que el 'encartado' tenía con la víctima, a la que desde su lugar de alojamiento ha manifestado que dará muerte como lo hizo con su madre -encontrándose glosadas a las actuaciones declaraciones que dan cuenta que 15 días antes del hecho, el mismo, con plena conciencia de sus actos, había anunciado que la mataría y que se había comprado un arma de fuego para ello-; 2) la cercanía de los domicilios de los familiares de Páiz con el que corresponde a Pereyra, y en consecuencia de darse el arresto domiciliario éste podría infringirlo para cumplir sus amenazas, y por la expuesta cercanía la respuesta de los funcionarios policiales posiblemente no pudiera evitar otra tragedia; 3) la preocupación de los vecinos aledaños a Pereyra por resultar el mismo peligroso para terceros, habiéndose adjuntado un pliego con firmas oponiéndose al arresto domiciliario".

La Defensa técnica fundamentó la petición de dicho beneficio (el arresto domiciliario) en lo normado por el art. 519 del C.P.P., que permitía que el acusado -por su avanzada edad- accediera al mismo, haciendo hincapié en el estado de salud de éste y en que no podía casi movilizarse.

De acuerdo a lo que se conoció, del testimonio de tres testigos aportados por la defensa se determinó la improcedencia y peligrosidad de otorgársele la prisión domiciliaria a Pereyra. Uno de los vecinos que declaró sostuvo que Pereyra salía todos los días a caminar, que iba hasta el Parque -distante a ocho cuadras de su casa- y que luego caminaba por allí, también que solía hacerlo en la plaza del Barrio Casariego. En igual sentido se pronunció la concubina de Pereyra (Alcira Ferreyra). Con ello quedó desvirtuado el intento de argüir que no podía movilizarse, lo cual pretendió efectuar en la audiencia.

Por su parte Ferreyra reconoció que también había sido victima de violencia por parte de Pereyra, a pesar de que trató de minimizar la situación.

Al día siguiente el Sr. Juez de Garantías dictó la resolución, haciendo lugar al pedido de prisión preventiva para Héctor Pereyra, por considerarlo prima facie autor del delito de Homicidio agravado por el uso de arma de fuego, del hecho ocurrido el 11 de febrero del corriente año y del que ya se ha informado oportunamente.

Dicha medida se otorgó sin el beneficio solicitado por la defensa, habiéndose dispuesto el traslado de Pereyra a la Unidad Penal N° 17, destacando entre otras circunstancias para no otorgar, al menos por el momento, el arresto domiciliario la cercanía del domicilio de éste con el de los familiares de la víctima y las situaciones de violencia ejercidas sobre quien devendría garante de la media, Alicia Ferreyra.

Comentá la nota