El gobierno del intendente Mario Meoni puso un plazo de 180 días para que la empresa concesionaria del relleno sanitario ponga en orden su tarea y acomodamiento en el lugar, porque de lo contrario –se advirtió- rescindirá el convenio suscripto con G.I.R.S. sociedad anónima.
Mencionó que “nos hemos puesto el objetivo de trabajar en los próximos 180 días con la empresa para corregir esas situaciones y que todo funcione correctamente. Si en ese plazo no encontramos la respuesta necesaria, se buscará la forma de rescindir el contrato y se hará una nueva licitación para adjudicar a la empresa que mejor propuesta haga”.
“En este momento –reiteró Meoni- esperamos que se ajusten estas cuestiones y tomarnos un plazo de 180 días donde también nosotros aportemos lo que corresponde por parte del municipio para no tener dificultades”.
En cuanto a la relación laboral, opinó el intendente que “el tema debe ser resuelto por la empresa con sus empleados a través del Ministerio de Trabajo. Por nuestra parte, hemos venido abonando en tiempo y forma todos los meses, sin atrasos, por lo que no se puede plantear que hay demoras o inconvenientes por parte del municipio para que la empresa no pueda cumplir con los compromisos salariales como debe hacerse”.
Inquietud de la Coalición Cívica
El pedido de rescisión de contrato entre el municipio y G.I.R.S. s.a. ya fue planteado por el bloque de concejales de la Coalición Cívica que en la pasada sesión del martes 6 de noviembre presentaron un proyecto de comunicación por el cual se pide al Departamento Ejecutivo la inmediata rescisión del contrato a la empresa GIRSSA por los evidentes incumplimientos en la operación y administración del relleno sanitario de la ciudad de Junín.
Los ediles José María Banfi y Cecilia Avila agregaron que de tomarse la medida solicitada en el artículo precedente y hasta tanto se vuelva a concesionar el servicio, se preserve la fuente laboral de los trabajadores que allí se desempeñan hoy a cargo de la empresa GIRSSA.
Por el artículo 3 se solicita al Departamento Ejecutivo que se inicien las acciones legales a que hubiere lugar contra la empresa GIRSSA por los graves incumplimientos en que ha incurrido y que quedan evidenciados por lo expuesto ut supra.
Tanto Cecilia Avila como José María Banfi fundamentan su pedido en "el estado general en que se encuentra actualmente el relleno sanitario de nuestra ciudad".
Consideran que "han transcurrido ya 20 meses de la adjudicación a la empresa GIRSSA ganadora de la licitación pública correspondiente, que con fecha 15 de marzo del corriente año este bloque ha presentado un pedido de informe acerca del cumplimiento de la empresa al cabo de un año de haber tomado bajo su responsabilidad el relleno sanitario, informe que a la fecha no ha sido respondido, que con motivo del reclamo salarial que realizan los empleados de la empresa GIRSSA, este bloque ha podido tomar contacto con los trabajadores y constatar in situ la vergonzosa situación que presenta el relleno sanitario en la actualidad".
Agregan que "por esto mismo, los trabajadores contratados por la empresa y los trabajadores municipales que allí se desempeñan lo hacen en condiciones indignas e infrahumanas, sin los más mínimos elementos de seguridad como barbijos, calzado de seguridad, ropa adecuada, guantes, etc., que el estado general del relleno sanitario a simple vista luce de manera deplorable, habiéndose convertido en un basural a cielo abierto más grande aun de lo que estaba al momento de tomarlo bajo su responsabilidad la empresa GIRSSA".
También consideran que "se encuentran en el predio del relleno sanitario maquinarias que hace largos meses no funcionan, situación que ha sido corroborada por los empleados de la empresa y el municipio, a saber: máquina topadora 18 meses sin funcionar, camión volcador 6 meses sin funcionar, camioneta en estado deplorable de funcionamiento que no pasaría una VTV".
A la vez que "los empleados han denunciado ante los concejales de este bloque que la empresa les vendería material desechado por otras empresas (por ejemplo electrodomésticos), y cuyo funcionamiento defectuoso habría provocado quemaduras en el 40 % del cuerpo del empleado que adquirió el bien (mostraron recibos firmados) y que esta práctica resultaría absolutamente irresponsable e ilegal por parte de la empresa GIRSSA, que por los servicios prestado por la empresa GIRSSA en forma absolutamente defectuosa, este municipio paga mensualmente la suma de $ 175.000, sumando un monto de $ 2.100.000 anuales".
Ante la Justicia
A su vez el miércoles 7 de noviembre los concejales Banfi y Avila presentaron una denuncia penal ante la unidad fiscal 3 a cargo del doctor Carlos Colimedaglia, patrocinados por el doctor Lisandro Benito, contra quienes resulten responsables del estado de abandono del relleno sanitario, alegando que se estarían produciendo “delitos tipificados en los artículos 202, 203 (Delitos contra la Salud Pública), y 249 (Incumplimiento de los Deberes de Funcionario Público) del Código Penal, sin perjuicio de los que pudieren surgir de la presente pesquisa”.
Ya en marzo de este año, los mismos ediles habían presentado otro pedido de informe en donde se quería saber si la empresa estaba cumpliendo con el plan de obras estipulado en el pliego de bases y condiciones previsto para los primeros doce meses posteriores a la adjudicación y que pasa por construcción de solares en los laterales del galpón principal existente, demarcación de sectores internos y señalización de seguridad, construcción de boxes para acopio y aleros laterales, construcción de sistema de tratamiento de aguas residuales, reparación del sector para la prueba piloto de compostaje e incorporación de vehículos y maquinarias (pala cargadora, acoplados de vuelco, camión volcador, autoelevador, prensa 35 tn, chipeadora, báscula para camiones).
“Sin perjuicio de las calificaciones que seguramente realizará el Señor Fiscal –dice la demanda promovida por Banfi y Avila ante la justicia- y que luego avalará el Juez de Garantías que deba intervenir, entendemos que los hechos descriptos pueden encuadrar "prima facie" en los ilícitos reprimidos por los artículos 202 y 203 del Código Penal (Propagación de una enfermedad peligrosa y contagiosa, en sus versiones dolosa o culposa respectivamente) y 249 del mismo Código de fondo (Incumplimiento de los deberes de Funcionario Público)”.

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