Otorgan beneficios a comerciantes afectados por la obra

La Municipalidad de Mercedes ha resuelto eximirlos de la obligación de abonar la 2da y 3ra cuota de la tasa por Inspección de Seguridad e Higiene. Los negocios alcanzados con esta medida son los que se encuentren funcionando sobre Avenida 2, entre calles 21 a 31 inclusive y por Avenida 29, de 2 a 4. Aunque para tener derecho al beneficio, los contribuyentes alcanzados deberán hallarse al día con la tasa referida.
Desde los inicios de los trabajos concernientes a la obra de “Refuncionalización de la Terminal de Ómnibus”, cuya ejecución ha traído aparejada la necesidad de corte de la avenida 2 y parte de avenida 29, arterias que habitualmente registran un fluido tránsito en la mayor parte del día, se ha originando una marcada merma en la actividad comercial de los negocios allí instalados, con el consiguiente perjuicio económico ocasionado a sus propietarios. Precisamente, haciéndose eco del reclamo de los mismos y con el pleno convencimiento de la realidad de la situación, la Municipalidad de Mercedes ha considerado una medida paliativa y reparadora como es el hecho de eximirlos de la obligación de abonar al Municipio la 2da 3ra cuota de la tasa por Inspección de Seguridad e Higiene, períodos en los cuales los efectos señalados se han manifestado total o parcialmente. Los negocios alcanzados con esta medida son los que se encuentren funcionando sobre avenida 2, entre calles 21 a 31 inclusive y por avenida 29, de 2 a 4. Aunque para tener derecho al beneficio, los contribuyentes alcanzados deberán hallarse al día con la tasa referida.

Hasta el momento los beneficiados son:

José Luis Cabrera; Zhong Yi; Piasentini Juan Luis; Di Catarina Rubén Darío; Gómez Enrique Eduardo; De Gruttola Blanca Nelly; Uviz Jorge Daniel; González Vautretto Oscar Alfredo; Coronel Oscar Eduardo; Battistini Juan José y Frascheri Jorge Luis; Gagliardo Julio César; Montuori Ezequiel Angel; Zárate Mario Gutierrez Eduardo Oscar; Gutierrez Roberto Carlos; Gomez Ma. del Carmen Gambetta Juan Pablo; Iarza Juan Carlos; Biaggini Marcelo Ramón; Guanzetti Rocío y Nuñez Mariana; Eduardo Jorge Portesi.

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