La Justicia Federal de Rosario hizo lugar a una medida cautelar presentada por una mujer que sufre esa enfermedad y que no puede solventar los costosos tratamiento. El fallo dispuso que la obra social "debe garantizar y proveer la cobertura total, contínua e inmediata de la internación y de las pretaciones ordenadas por el médico".
Se trata de una enfermedad de las células nerviosas motoras en el cerebro y la médula espinal que ocasiona la pérdida del control motor. La afiliada se encuentra internada en un geriátrico ubicado en Buenos Aires 654, que no es prestador de PAMI. Abona mensualmente la suma de 18.000 pesos , además del acompañamiento terapéutico de la paciente las 24 horas del día.
Según un informe del programa La mañana rosarina de La Tres, en la presentación que patrocinó la abogada Carina Mazzeo, el juez federal N° 1 Héctor Zucchi entendió, según los análisis que se efectuaron en la causa, que no había en Rosario otra institución que pudiera albergar a la amparista, que sufre de cuadriplejia respiratoria, además de trastornos deglutorios.
Según la resolución judicial el PAMI debe garantizar y proveer la cobertura en forma total, continua e inmediata de la internación geriátrica y de las prestaciones que ha ordenado el médico tratante.
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