Las gestiones para afiliar al pequeño comenzaron hace más de un año. La abogada de la familia intimó a la obra social, y presentó un recurso de amparo y una cautelar, a la que hizo lugar el magistrado del fuero civil, Fabián Rodríguez. La empresa afilió al niño, pero apeló la medida.
El menor quedó afiliado, luego que sus padres, Silvana de Paoli y Lisandro Bal, quienes son los referentes de la Asociación A+Down (entidad que se dedica a difundir los derechos de las personas con discapacidad), realizaran arduas gestiones y enfrentaran distintas trabas burocráticas.
La abogada piquense, Leticia González, quien representó a la familia, manifestó que durante todo el proceso la empresa intentó desalentar a los padres del niño, y señaló que detrás de dichas maniobras solo hay un "objetivo económico", debido a que la atención de una persona que padece de este tipo de incapacidades, resulta más onerosa.
Amparados en la nueva ley de medicina prepaga, que obliga la afiliación de personas con discapacidad, la abogada decidió intimar a la empresa a través de una carta documento. Luego de esto, la obra social prometió atender el reclamo e hizo viajar a la pareja hacia Santa Rosa, a completar el formulario de afiliación, aunque les informó que hasta que "no tuvieran la respuesta de la Superintendencia de Servicios de Salud, por el valor diferencial que le debía cobrar a Bautista, no lo podían afiliar".
La familia continuó el reclamo por los caminos legales, y en los últimos días del año pasado, presentó un recurso de amparo, y dentro del mismo solicitó una medida cautelar, la cual fue aprobada por el juez Fabián Rodríguez, quien obligó a Swiss Medical a concretar la afiliación del niño.
"Entendíamos que ese no es el espíritu de la ley, ni el conjunto de otras leyes que amparan a las personas con discapacidad. Entonces iniciamos el recurso de amparo, y con la medida cautelar que pedimos, el juez ordenó la inmediata afiliación", explicó González.
Dinero.
"La nueva ley plantea que las personas que tengan una patología preexistente deberán ser afiliadas en forma inmediata y la prepaga podrá cobrarles un valor diferente al que le cobra a una persona que no tenga dicha patología. La ley dice que ese valor deberá ser reglamentado por la autoridad, pero la autoridad nunca lo reglamentó, y él (por el niño) no puede esperar a que un organismo público resuelva cuál va a ser el valor a pagar. Mientras tanto debe estar afiliado y después discutiremos el valor", dijo la abogada.
La medida judicial determinó que la empresa debía afiliar al interesado, al valor que abona una persona que no tiene una patología preexsitente, y luego se le cobrará retroactivamente la diferencia cuando la Superintendencia de Servicios de Salud, defina el monto mensual.
González subrayó que detrás de esta resistencia a afiliar a una persona con discapacidad, se oculta una "cuestión económica", puesto que la empresa es consciente que "va a tener que gastar un poco más".
"La prepaga sabe que una persona con patologías preexistentes, necesita algunas terapias de rehabilitaciones, que se le deben cubrir en su totalidad", agregó la letrada.
Angustia.
La madre del pequeño, manifestó que durante este tiempo se angustiaron y sufrieron mucho, y sostuvo que le generó mucho dolor el hecho de pensar "que a una persona no le importa lo que le pasa al otro".
"No queríamos llegar a esto, pero lo tuvimos que hacer porque no quedaba otra. Da miedo más que nada por el desconocimiento que tiene uno de estas cuestiones, pero estoy contenta porque se está resolviendo", dijo la mamá al detallar las dificultades que debieron enfrentar.
El niño tiene once años, y aunque goza de muy buena salud, por su discapacidad es asistido por una fonoaudiologa y por una psicopedagoga, y además, una vez al año se debe someter a un chequeo general. Durante los más de doce meses que duraron las gestiones para afiliarlo a la obra social, la familia tuvo que hacerse cargo de todos los gastos que implicó su atención.
Por último, la abogada de la familia señaló que este es uno de los primeros casos en la provincia, en el que a través de una orden judicial se ordena a una obra social a afiliar a una persona con discapacidad, y destacó que aquellas familias que atraviesan por una situación similar deben animarse a reclamar, puesto que se trata de un reclamo legítimo, y en este tipo de relaciones contractuales, la ley "siempre sale a favor del más débil", puntualizó.
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