Ayer fue el turno de Paola Rubianes, Hernán Elizondo y Rodolfo Ponce de León. Hoy expone el abogado Gerardo Ibáñez, que asiste a Enrique Olea.
Por la tarde, el turno fue para los abogados Hernán Elizondo, defensor de Francisco Julio Oviedo, ex suboficial del Destacamento de Inteligencia 182, y Rodolfo Ponce de León, que asiste a Oscar Ignacio del Magro, oficial de la Policía de Río Negro. Ambos pidieron las absoluciones de sus representados.
Rubianes solicitó la absolución de sus defendidos, los oficiales de Inteligencia Jorge Eduardo Molina Ezcurra y Sergio Adolfo San Martín, declarándolos libres de culpa y cargo, atento a la “orfandad probatoria y el beneficio de la duda”.
La abogada cuestionó severamente las acusaciones de las querellas y también declaraciones de numerosos testigos, y afirmó que está absolutamente demostrada la ausencia de prueba directa contra sus defendidos.
Manifestó que a lo largo del juicio surge con claridad testimonios “endebles” que no alcanzan a probar la participación en los hechos de San Martín y Molina Ezcurra.
La abogada, que compartió la asistencia técnica de cinco imputados con su par Hernán Corigliano, construyó su alegato en la falta de pruebas de cargo y además se ocupó de puntualizar en forma detallada las “gruesas” contradicciones.
Denunció que los elementos de prueba se manipularon “a gusto” y que no existen evidencias que permitan sostener la participación de sus defendidos en los 39 casos que investiga la Justicia Federal de Neuquén.
Dijo compartir con Corigliano, quien en su exposición del lunes sostuvo que se impone la nulidad de las audiencia en razón de que el presidente del Tribunal, Orlando Coscia y el vocal Eugenio Krom tuvieron una activa participación en el juicio seguido contra un grupo de militares realizado por delitos de lesa humanidad, realizado en 2008.
Rubianes solicitó también la nulidad absoluta de las acusaciones manifestadas por el Ministerio Fiscal y las señaladas por las querellas del Ceprodh, la APDH, la Secretaría de los Derechos Humanos de la Nación y las pronunciadas por el abogado Henritzen Velazco.
Dijo que todas son violatorias del debido proceso legal y del derecho de defensa en juicio. Denunció que no precisaron los hechos materia de acusación ni las conductas puntualmente cometidas por los imputados Hilarión de la Paz Sosa, Molina Ezcurra y San Martín.
Nulidad
Luego pidió el Tribunal se declare la nulidad absoluta de las acusaciones producidas por las querellas del Ceprodh y la APDH en función de los argumentos de “hecho y derecho” respecto de los procesados Molina Ezcurra, San Martín y de los oficiales jefes del Destacamento Inteligencia y del Batallón de Ingenieros 181 Oscar Lorenzo Reinhold y Enrique Olea.
Igual planteo en beneficio del médico del Batallón 181, de la Paz Sosa, del oficial José Ricardo Luera, los suboficiales de Inteligencia Enrique Charles Casagrande y Francisco Julio Oviedo, Raúl Antonio Guglielminetti (personal civil de Inteligencia), teniente Coronel Osvaldo Laurella Crippa (jefe de la Policía de la provincia del Neuquén) Miguel Angel Quiñones, Julio Villalobo, Saturnino Martínez, Antonio Alberto Camarelli, Gerónimo Huircaín, de la Policía de Río Negro. El requerimiento también alcanzó a Emilio Jorge Sacchitella, retirado de Gendarmería Nacional y al oficial del Ejército Gustavo Vitón.
Rubianes remarcó que las incriminaciones presentan vicios que impiden la determinación concreta de los hechos endilgados, “tanto en cantidad como en su individualización, imposibilitando el correcto ejercicio del derecho de defensa en juicio”.
Además requirió a los magistrados se rechacen los pedidos efectuados por las querellas relativos al cese de la prisión domiciliaria respecto de Luera y San Martín.
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