Nuevos avances en la lucha contra la trata de personas y para protección de las víctimas

Nuevos avances en la lucha contra la trata de personas y para protección de las víctimas
A través de un proyecto de ley que ya cuenta con el aval de la Cámara de Diputados bonaerense, se propone la creación en territorio provincial de una oficina para la lucha contra la trata de personas, la explotación sexual infantil y la protección y asistencia de las víctimas de este delito.

Esta dependencia tiene como objetivo constituir un ámbito de acción y coordinación interinstitucional e interdisciplinario para la elaboración de las políticas públicas destinadas a la lucha contra la trata de personas y la protección y asistencia de las víctimas.

Se entiende por trata de personas a la captación, el transporte, el traslado, la acogida, o la recepción de personas, recurriendo a la amenaza, o al uso de la fuerza u otras formas de coacción, al rapto, el fraude, al engaño, al abuso de poder o de una situación de vulnerabilidad o a la concesión o recepción de pagos o beneficios para obtener el consentimiento de una persona que tenga autoridad sobre otra, con fines de explotación.

Esta explotación incluirá, como mínimo, los trabajos o servicios forzados, la esclavitud o las prácticas análogas a la esclavitud, la servidumbre o la extracción de órganos. El consentimiento dado por la víctima de trata de personas a toda forma de explotación que se tenga la intención de realizar, no se tendrá en cuenta cuando se haya recurrido a cualquiera de los medios enunciados. La captación, el transporte, el traslado, la acogida o la recepción de un niño/a con fines de explotación se considerará trata de personas, incluso cuando no se recurra a ninguno de los medios enunciados.

Con el objetivo de ponerle punto final a este flagelo, la oficina antes mencionada tiene como objeto el monitoreo, la recolección, la producción, el registro y la sistematización de los datos y las estadísticas respecto del objeto de la presente ley.

Serán funciones de esta velar por el efectivo cumplimiento de la presente ley; proteger y asistir a las víctimas de la trata de personas en los campos físico, psicológico, espiritual, social, económico y jurídico; realizar el seguimiento judicial de los casos; proporcionar condiciones dignas de vivienda, alimentación, sanidad; brindar capacitación y ayuda en la búsqueda de empleo; proporcionar asesoramiento y patrocinio jurídico respecto de los derechos y procedimientos legales a seguir; y brindar protección a la víctima y a su familia frente a toda represalia”.

Además, establece que en ningún caso las víctimas podrán ser destinadas a establecimientos que alojen a personas detenidas, procesadas o condenadas, ni a cualquier otro tipo de institución de régimen totalmente cerrado.

La iniciativa aprobada, que espera por la sanción definitiva de la Cámara de Senadores, es el resultado de la unificación de un proyecto de la diputada de la CC, Maricel Etchecoin Moro (proyecto de Ley Reproducción, adoptando medidas de prevención, protección y asistencia necesarias para garantizar la vigencia de los derechos de las víctimas y posibles víctimas de la trata de personas) y otro de la diputada del Pro Peronismo, Nancy Monzón (proyecto de Ley Creando el Observatorio de Trata de Personas).

El proyecto unificado plantea una serie de atribuciones para la oficina. Estas son coordinar el intercambio y publicar la recopilación de datos de los casos de trata de personas; contribuir a promover y peticionar ante los Poderes Nacionales la cooperación entre Estados y la adopción de medidas de carácter bilateral y multilateral destinadas a monitorear, prevenir y erradicar la trata de personas; promover a la articulación entre organismos regionales e internacionales de prevención y monitoreo de la trata de personas; y solicitar al Poder Ejecutivo Nacional, Provincial y/o Municipal la ejecución de aquellas políticas que fortalezcan la eficaz lucha contra la trata de personas como así también la protección y asistencia de las víctimas.

En otro orden, el proyecto plantea que la dependencia deberá reunirse “por lo menos” una vez por mes, realizar un informe de gestión anual y que será facultad de dicha dependencia abrir un registro en el que se inscribirán las organizaciones no gubernamentales de Derechos Humanos con especificidad en el tema y/o con actividad específica en el tema, de donde se elegirán cinco representantes que integrarán la oficina con voz y voto.

Programa provincial contra la trata de personas

En esta misma línea, la iniciativa propone la creación del Programa Provincial para la Lucha contra la Trata de Personas y para la Protección y Asistencia de las Víctimas, en el cual se contemplan las recomendaciones de Naciones Unidas, según el Protocolo de Palermo y las Directrices del Alto Comisionado de las naciones Unidas para los Refugiados (ACNUR).

Dicho programa tendrá como principales actividades participar en el diseño de aquellas políticas y medidas necesarias para asegurar la protección y la asistencia de las víctimas de la trata de personas; promover la coordinación intersectorial y protocolos de trabajo interinstitucionales para la implementación de acciones destinadas a la prevención, la asistencia y la recuperación de las personas víctimas de trata y sus familias; organizar y desarrollar actividades de capacitación; contribuir a la implementación de un sistema de refugios propios de la provincia de Buenos Aires; prevenir e impedir cualquier forma de re-victimización; y realizar y promover campañas en los medios de comunicación a fin de concientizar del perjuicio personal y social que implica la problemática.

Observatorio de trata de personas

En otro orden, el proyecto establece que dentro de la órbita de la oficina funcionará el Observatorio de Trata de Personas, que contribuirá a cumplir el objetivo principal de la dependencia.

Además, serán funciones del Observatorio de Trata de Personas registrar, procesar, analizar, publicar y difundir información periódica y sistemática respecto del estado de situación de la problemática de trata de personas en territorio bonaerense; realizar informes del estado de situación de la problemática; proponer a la oficina las herramientas apropiadas para el seguimiento y monitoreo de las políticas públicas, actividades de difusión, concientización y capacitación respecto de la trata de personas, y acciones destinadas a asegurar a las víctimas el respeto y ejercicio pleno de sus derechos y garantías , como así también acciones dirigidas a prevenir cualquier forma de victimización.

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