Nuevo plan para regularizar deuda con la Municipalidad

Es para Los contribuyentes que posean deuda en gestión administrativa por TGI, DReI, limpieza de baldíos, entre otros. Se puede abonar hasta en 48 cuotas, con un interés de entre el 2 % y el 1 %. Hay dos plazos para hacer convenios: uno hasta el 30 de este mes y el otro hasta el 28 de febrero de 2013.
Los contribuyentes y responsables de tributos municipales que tengan deuda en gestión administrativa con la Municipalidad pueden cancelarla adhiriendo al Plan de Regularización de Deudas. Se trata de una medida excepcional, enmarcada en la ordenanza 11.919, que otorga dos plazos para realizar Los convenios: hasta el 30 de noviembre y hasta el 28 de febrero de 2013.

La medida está orientada a aquellos contribuyentes que posean deudas en gestión administrativa por Los siguientes recursos: Tasa General de Inmueble, Limpieza e Higiene de Terrenos Baldíos, Derecho de Registro e Inspección y Derecho de habilitación reglamentaria de estructuras portantes de antenas, Derecho de habilitación reglamentaria de antenas y Derecho de inspección, verificación y cumplimiento de estructuras, instalaciones y niveles de radiación.

El beneficio consiste en la reducción de la tasa mensual para el cómputo del interés por mora del 3 % al 1 % por mes de deuda, y en la implementación de planes de pago extendidos con reducción en el interés por financiación. Entre Los diferentes planes a Los que se puede adherir, existe la posibilidad de un anticipo del 20 % con un plazo máximo de 48 cuotas mensuales, iguales y consecutivas.

En este caso la reducción del interés de financiación mensual se reduce del 2 % al 1 %. Los que hagan convenios hasta el 30 de noviembre tendrán una cuota mínima de 250 pesos y Los jubilados y pensionados abonarán 150 pesos por mes como mínimo.

Por otra parte, quienes realicen un anticipo del 10 %, tendrán un plazo máximo de 36 cuotas mensuales, iguales y consecutivas, pero con una reducción del interés de financiación mensual del 2 % al 1,5 %. En este caso el valor de la cuota es igual al plan detallado anteriormente.

Por último, otro plan es para quienes decidan pagar sin hacer un anticipo: el plazo máximo es de 18 cuotas mensuales, iguales y consecutivas, y con un interés de financiación mensual del 2 %. En este caso el valor mínimo es de 350 pesos, y Los jubilados y pensionados abonarán un mínimo de 250 pesos por mes.

Otra opción

Para aquellos contribuyentes que realicen Los convenios entre el 1º de diciembre y hasta el 28 de febrero de 2013, las condiciones son las siguientes:

Para Los que quieran hacer un anticipo del 20 % tendrán un plazo máximo de 36 cuotas mensuales, iguales y consecutivas. En este caso la reducción del interés de financiación mensual se reduce del 2 % al 1 %; y tendrán una cuota mínima de 250 pesos y Los jubilados y pensionados abonarán 150 pesos por mes.

Para Los que realicen un anticipo del 10 %, tendrán un plazo máximo de 24 cuotas mensuales, iguales y consecutivas, pero con una reducción del interés de financiación mensual del 2 % al 1,5 %. En este caso el valor de la cuota es igual al plan detallado anteriormente.

Para quienes decidan pagar sin hacer un anticipo, el plazo máximo es de 12 cuotas mensuales, iguales y consecutivas, y con un interés de financiación mensual del 2 %. En este caso el valor es de 350 pesos y Los jubilados y pensionados abonarán 250 pesos por mes.

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