El nuevo CPU entró en una etapa de indefinición

Tras la decisión judicial que frenó la reforma del Código de Planeamiento Urbano que impedía construcciones altas en ese sector, no resuelven quién debe citar a audiencia pública.
A pesar de la resistencia que originó en una gran parte de los dos barrios y el interés por el sector de un área clave como la construcción, el nuevo Código de Planeamiento Urbano (CPU) para Universitario y Napostá --que rigió entre abril de 2011 y abril de este año-- aún sigue a la espera de una audiencia pública para completar su trámite de puesta en marcha.

Si bien el Concejo Deliberante (CD) aprobó esa convocatoria, poco después de conocer la decisión de la Cámara de Apelación en lo Contencioso Administrativo de Mar del Plata confirmando un fallo del Juzgado en lo Contencioso Administrativo local que suspendía los efectos de la mencionada ordenanza, todavía no se determinó una fecha para la realización del encuentro.

En ese marco, la confusión alcanza a los vecinos --en parte presos de su propio accionar, ya que con la protesta y la resolución judicial volvió a tener vigencia el CPU anterior, que permite edificios más altos--, a los funcionarios municipales --no definen cómo y cuándo hacer dicha audiencia-- y a los inversores, que necesitan un marco jurídico adecuado para avanzar con sus emprendimientos.

La pregunta sobre quién debe establecer el día de la audiencia pública no tiene una respuesta precisa.

Según Marcelo Lenzi, subsecretario de Planificación municipal, la determinación debe correr por cuenta del CD. Otros voceros comunales creen, incluso, que la definición es potestad del presidente del cuerpo.

Para algunos concejales, en cambio, la definición es resorte del Ejecutivo.

Carlos Moreno Salas, titular del CD, aclaró: "La decisión sobre cuándo hacer la audiencia no resulta simple de tomar. Necesitamos coordinar con el Ejecutivo --tanto Obras Públicas, como Planificación y Legal y Técnica-- para definir qué temas se discutirán en la misma y, sobre todo, cuáles serán sus alcances, considerando que se trata de algo pendiente para una ordenanza ya sancionada y judicializada", opinó.

En resumen: Universitario y Napostá se rigen hoy --en plenitud-- por el anterior CPU, el que fuera reformulado luego de varios años de discusiones entre los colegios profesionales, vecinos y funcionarios, en reuniones mantenidas en sociedades de fomento y en el propio Concejo.

La cancelación del nuevo fue consecuencia de la presentación realizada por los vecinos autoconvocados del sector, quienes advirtieron que, para dictarlo, no se había hecho la audiencia pública obligatoria.

Vuelven los altos.

A pesar de las lógicas inseguridades que a esta altura de los acontecimientos supone para los inversores inmobiliarios construir en Universitario y Napostá, la vigencia del CPU "viejo" ha entusiasmado a algunos emprendedores para sacar ventaja de lotes de terrenos o reactivar proyectos que habían quedado truncos con el nuevo CPU, ahora sin efecto.

"Tenemos muchas consultas sobre el tema y con todos somos claros: no hay problemas para construir, el CPU vigente es el de siempre. Así y todo, no se han presentado nuevos expedientes en los últimos meses", explicó Lenzi.

La diferencia no es menor si se considera que la nueva reglamentación establecía una altura máxima de 3 pisos para calles como Zelarrayán, 12 de Octubre, Vieytes, Estomba, Almafuerte y Brasil, mientras que la anterior --que actualmente rige--, admite hasta 13 pisos.

Por otra parte, vuelven a tener validez los denominados "premios" --considerados abusivos por los mismos profesionales que discutieron el nuevo CPU--, que permiten construir un elevado porcentaje de metros cuadrados adicionales.

Lenzi explicó que el CPU viejo sigue vigente hasta que la Justicia resuelva la cuestión de fondo, es decir si la realización de una audiencia pública es vital para implementar las modificaciones.

Por último, Lenzi anticipó que en las próximas semanas elevará al CD la nueva ordenanza para las construcciones del centro y microcentro, luego de terminar una ronda de encuentros con los colegios profesionales. Para este caso, el CD ha establecido también la realización de una audiencia pública, aunque la misma tampoco tiene fecha.

El fallo dictado en Mar del Plata

A fines de abril último, la Cámara de Apelación en lo Contencioso Administrativo de Mar del Plata confirmó el fallo de primera instancia que dejaba sin efecto la ordenanza modificatoria del Código de Planeamiento Urbano (CPU) en los barrios Universitario y Napostá.

La resolución, dictada por los jueces Elio Horacio Riccitelli y Adriana Sardo, ratificó lo dispuesto en octubre de 2011 por el juez en lo Contencioso Administrativo bahiense, Agustín López Cóppola, en el marco de la causa "Grecco, Miguel Angel y otros c/Municipalidad de Bahía Blanca s/pretensión anulatoria".

La medida cautelar que iba en contra de los cambios en el código de edificación fue interpuesta por vecinos de esos sectores, quienes buscan mantener la fisonomía del lugar, argumentando que es en favor de su calidad de vida.

Estos se expresaron en contra de la normativa aprobada, por mayoría, en el Concejo, que modificó el CPU para zonas de Universitario y Napostá.

Esa medida iba a permitir construir edificios de hasta cuatro pisos en las calles 1º de Mayo, 1º de Marzo, avenida La Plata y Cuyo; de hasta tres pisos en las calles 12 de Octubre, Zelarrayán, Estomba, Vieytes, Castelli, Almafuerte, Sixto Laspiur, Brasil, Aguado y Sarmiento; y de hasta dos pisos para el resto de las cuadras del sector.

López Cóppola sostuvo que la ordenanza 16.124/11 no respetó el procedimiento de audiencia pública obligatoria, que exige la ordenanza 14.253/07.

El caso llegó a la Cámara marplatense y ahora este cuerpo le dio la razón al fallo de primera instancia.

"Quedará para el debate en juicio pleno dilucidar si la ordenanza impugnada es o no perjudicial al entorno morfológico urbano del sector", opinaron los camaristas.

El CICU, hoy. Quien pretenda iniciar hoy un expediente de construcción en el municipio debe tramitar el Certificado de Información Catastral y Urbanística (CICU), mediante el cual se le informa cuánto y cómo puede construir. Ese documento supone tener derechos adquiridos, con lo cual hoy tendría posibilidad de hacer hasta un 150% más de metros cuadrados que con el CPU corregido, que luego fue cancelado por la Justicia.

Comentá la nota