Así lo manifestó Oscar Porro. Ante las acusaciones hechas por ATE a raíz de supuestos maltratos del medico laboral hacia el personal docente, el Consejo Escolar se reunió con el profesional
Allí se analizaron todos los puntos por los que se cuestionaba la labor del Dr. Peschel, aclarando uno por uno.
-En primera instancia se trata la justificación de licencias en los casos que los pacientes deben trasladarse fuera de la ciudad. Por norma del Ministerio, los estudios rutinarios no se hallan contemplados como causal de justificación de inasistencias por enfermedad, salvo que el medico presuma la existencia de una patología, circunstancia que debe ser acreditada previamente. Lo mismo vale para las visitas a otros distritos y las consultas con especialistas.
Sin embargo, el Dr. Peschel, a partir de una reunión mantenida con autoridades de salud laboral de La Plata, y en beneficio de los agentes atendidos, defendió la posibilidad de otorgar estas licencias. Llegando así a un acuerdo con el Consejo Escolar para otorgarlas, con la condición que el docente consulte antes de viajar, ya que no se pueden realizar licencias con retroactividad, salvo urgencias acreditadas.
-En cuanto al cumplimiento del horario, se aclara que los mismos se han ido adecuando de modo consensuado entre Consejo Escolar, Secretaria de Inspección, y con invitación a los gremios. Se cumple con un promedio de 6 horas diarias, más el tiempo de las juntas médicas, realizándose entre 25 y 40 consultas diarias.
-Luego se analizó el tema de las visitas a domicilio, donde por instructivo del ministerio de educación se establece que la solicitud debe ser realizada en el Consejo Escolar y este lo entregará al medico laboral. Frente a esto el Consejo declara que no existen pedidos de licencia domiciliaria, por lo tanto no hay ninguna sin realizar.
-En referencia a la denuncia sobre atención diferenciada ante las mismas situaciones, siendo que a algunos se les extiende la licencia mediante terceros mientras que a otros se los hace concurrir al consultorio; se aclara que el criterio médico es el de evaluar cada situación. Siendo que pueden parecer similares, pero en general no lo son.
-Al analizar el tema de la desestimación de los diagnósticos realizados por médicos especialistas o particulares, se aclara que también por normativa ministerial, el criterio médico laboral aplicado para el otorgamiento o denegación de la licencia, será independiente de la recomendación que pueda desprenderse de otros certificados. Quedando establecido que los certificados no son vinculantes, en relación a la capacidad laboral.
-Frente a la acusación de hacer ir por el mismo cuadro a los pacientes al consultorio, otorgando pocos días de licencia e imposibilitando así el nombramiento de suplentes; se indica que las licencias se brindan por patologías y no por la necesidad de cubrir cargos. De modo que el criterio por el cual se otorga el uso de una licencia por enfermedad, es la búsqueda de la mejora del agente y no la cobertura del cargo.
-Ya avanzada la reunión se analizó el supuesto incumplimiento del plazo de 15 días para la conformación de las juntas. Se expone que cuando así sucede es porque la documentación está incompleta, siendo el ente controlador de este requisito, el Consejo Escolar. Sin embargo, cumpliendo con la solicitud del mismo dicho control y solicitud de documentación, se realiza desde el consultorio médico. La demora de la presentación de estudios por parte del agente, es lo que condiciona la fecha de la junta médica. Mientras que, en cuanto a la mencionada falta de especialistas en las juntas, el Consejo Escolar y la dirección de licencias médicas, corroboran que las mismas están cubiertas.
-Por último, en cuanto a las juntas, se cuestiona el aviso de la misma con pocas horas de antelación; siendo que el tiempo establecido debe ser de 5 días. Se informa que en todos los casos, esto sucede por solicitud del docente, ya sea porque debe ausentarse o bien, debido a que la demora le implicaría descuentos. Se establece en ésta reunión, a sugerencia del Dr. López Harburu, que el agente deberá realizar por escrito la solicitud de la junta.
En referencia al desempeño de la psiquiatra de la junta, los concurrentes a la reunión coinciden en que solo se han quejado aquellos agentes que no lograron obtener la licencia en la forma que la solicitaron.
Por último, en relación al “malestar generalizado” por mal trato y abuso de poder; se solicitan las tres actas que menciona haber labrado la Consejera Spano. Dos de ellas plantean licencias con retroactividad y los agentes dicen desconocer el procedimiento, situación admitida también por la consejera Spano; mientras que por la tercera de las actas, se remitirá contestación al Consejo Escolar.
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