La Justicia laboral rechazó un amparo contra Sol Líneas Aéreas planteado por una empleada de la compañía que había solicitado la retención de tareas, sin quita salarial, hasta tanto se realice una inspección técnica...
En una resolución que podría despertar encontradas interpretaciones en virtud de los hechos (el avión de Sol que se estrelló en Río Negro y provocó la muerte de 18 pasajeros y tres tripulantes) y el derecho a la seguridad de los empleados, la jueza laboral Delia Biroccesi rechazó por “inadmisible” el recurso de amparo que presentó una empleada de la compañía.
Para la magistrada, el pedido “no tiene adecuado resorte o respaldo” ya que “retrata varias denuncias sobre posibles incumplimientos, instrucciones de trabajo, comunicaciones internas, probables declaraciones testimoniales prestadas ante un órgano jurisdiccional o información periodística, lo cual no acredita ningún tipo de certidumbre en el agravio denunciado (inseguridad laboral)”, interpretó Biroccesi.
La jueza tampoco pudo acreditar “dónde presta servicios la demandante, en qué horarios, con qué frecuencia ni bajo qué modalidad”, según reflejó un tramo de la resolución.
En ese punto, Marcos Peyrano, uno de los abogados que asesoró a la empleada, explicó que la jueza “negó una audiencia en la cual la empleada quería ampliar cuestiones referidas a sus tareas”. El profesional también anticipó a La Capital que “la resolución será apelada”.
Asimismo, el dictamen de Biroccesi se explayó también respecto del pedido de revisión de las aeronaves.
“No se especifica en qué se relaciona esta acción con el cumplimento” sobre los “tiempos máximos de servicio, vuelo, y mínimos de descanso de las tripulaciones”, expresó la resolución, que rechazó, de ese modo, uno de los reclamos de la azafata.
En ese punto, la jueza describió que las aeronaves “podrían estar en perfecto estado técnico y el empleador no cumplir con la normativa sobre jornada laboral; y viceversa, podrían estar en deficiente estado técnico y cumplir con la previsiones laborales”.
También indicó que la empleada no acreditó haber intimado a la ART (aseguradora de riesgos de trabajo) de la empresa de capitales rosarinos a los fines del cumplimiento de la obligación que tiene asignada sobre la seguridad laboral.
La otra vía. Mientras que un juzgado Civil y Comercial de Rosario aceptó el amparo de los Asociación Argentina de Aeronavegantes (AAA) que solicitó la paralización de la flota de Sol hasta que se realice una exhaustiva inspección técnica a las máquinas, para lo cual ofició a organismos de control de la actividad aerocomercial y convocó a una audiencia para el 15 de junio próximo, el fuero laboral entendió que la tripulante de Sol no aportó suficientes pruebas para pretender hacer una retención de tareas frente a supuestos incumplimientos de normas de seguridad.
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