Las mutuales no pueden cobrar más del 41% de interés a los jubilados

Una resolución de ANSES que pretende evitar los abusos contra los abuelos. Pero no se cumple.
En diciembre del año pasado, ANSES publicó una resolución por la que obliga a las mutuales y cooperativas a bajar la tasa de interés que les cobran a los jubilados a través del sistema de código de descuento. Se trata de una normativa que limita el costo financiero total de los préstamos que se otorgan a los jubilados al 41% anual. La medida vino a poner un límite al ejercicio de la usura.

El relevamiento que realizó este medio y otro que aportó un trabajo de investigación que realizó un egresado de la Universidad Nacional de Catamarca determinaron que la medida sólo se cumple en algunos lugares. La realidad señala que todavía existen casas que cobran más del 100% de interés por los préstamos que se otorgan a los jubilados. Es que la delegación local de ANSES no controla el cumplimiento de la medida, excepto que el jubilado presente una denuncia que luego se tramita en Buenos Aires.

El organismo oficial dispuso que las entidades que prestan a los jubilados tendrán como límite la tasa de referencia del Banco Central (préstamos personales a 180 días de plazo) más un adicional del 7% anual. Según los niveles vigentes, esa tasa tope sería cercana al 41% si se tiene en cuenta que el indicador del Banco Central promedia el 34 ó 35%.

Así por ejemplo, para el caso de un jubilado que solicite un préstamo de $ 3000, para devolver en un año, debería pagar una cuota de máxima de $ 352. Según el informe de ANSES, un beneficiario del organismo devolvía una cuota de $ 475. Es decir que el nuevo régimen permite un ahorro de casi 30% en la cuota mensual que abonan los jubilados por los créditos.

Según el informe oficial, en la actualidad, hay en la Argentina alrededor de 560 entidades activas que operan con jubilados (mutuales, cooperativas y bancos públicos) en el país. Existen 1.370.353 beneficiarios de ANSES que reciben descuentos bajo este régimen. El mercado de préstamos de mutuales y cooperativas opera un monto de $200 millones mensuales.

La Resolución 336/2009 no sólo establece límites para la tasa máxima que pueden cobrar las mutuales y cooperativas. También explicita la obligación de que las ventas de bienes y servicios sean realizadas a precios de mercado y habilita la posibilidad de precancelar las deudas.

Pedido

Un jubilado, Julio Cortez, llegó hasta El Ancasti, para solicitar a los legisladores provinciales que tomen alguna medida para regular la usura. Indicó que, según su experiencia, existen comercios locales que otorgan créditos personales pero luego transfieren los pagaré hacia otras empresas que son financieras y se encargan del cobro en caso de mora. Cortez denunció que existe una violación a la lealtad comercial porque las empresas que pretenden cobrar la deuda aplican intereses exorbitantes. "No hay ningún control y todo el mundo hace lo que quiere", dijo.

Comentá la nota