Ya son 18 los municipios que limitan las fumigaciones cerca de viviendas

Poseen ordenanzas más restrictivas que la actual ley provincial de agroquímicos. En el último mes, Alta Gracia, Las Bajadas, General Baldiserra y Achiras sancionaron normas para regular la actividad. A su vez, vecinos de Río Cuarto y de otras 14 localidades también comenzaron a reclamar mayor protección
A raíz de la creciente preocupación por los riesgos en la salud y el ambiente, cada vez más localidades cordobesas sancionan ordenanzas para prohibir las fumigaciones cercanas a viviendas. Con la reciente aprobación de normativas en Alta Gracia, Las Bajadas, General Baldiserra y Achiras ya suman 18 los pueblos y ciudades que cuentan con legislaciones más restrictivas que la Ley provincial de Agroquímicos.

Mientras tanto, vecinos de Río Cuarto y de otros 14 municipios del interior de Córdoba están reclamando medidas ante esta problemática.

El juicio de barrio Ituzaingó Anexo finalizado semanas atrás encendió una nueva luz de alarma para cientos de vecinos del interior cordobés que ven con preocupación la aplicación de agroquímicos a metros de sus viviendas. Así, sólo durante el último mes cuatro localidades impusieron restricciones a las fumigaciones dentro de sus territorios.

La última en sumarse a la lista fue Alta Gracia, donde recientemente el Concejo Deliberante dictó una ordenanza prohibiendo las pulverizaciones con todo tipo de producto químico de uso agrícola a menos de 1500 metros de zonas pobladas.

En ese marco, se realizó en Río Cuarto un “Encuentro Regional por una Vida Sin Agrotóxicos” al que asistieron pobladores de diferentes lugares de la provincia y el país. Uno de los principales temas abordados durante el evento fue justamente la necesidad de sancionar normas restrictivas respecto de la aplicacion de agroquímicos, una problemática que se viene debatiendo en alrededor de 15 localidades cordobesas, entre ellas nuestra ciudad.

Las fumigaciones cercanas a viviendas vienen generando conflictos desde hace tiempo en diversos lugares de la provincia y el país. Ya en el año 2006 el municipio de San Francisco prohibió las pulverizaciones aéreas y terrestres a menos de 500 metros de zonas pobladas, convirtiéndose en la primera localidad de Córdoba en regular esta actividad. En los años siguientes, normativas similares se aprobaron en Mendiolaza, Villa General Belgrano, Villa Ciudad Parque, Jesús María, Oncativo, Estación Juárez Celman, Toledo, Leones, Huinca Renancó y Oliva.

En tanto, los pueblos de Anisacate, San Marcos Sierras, Las Calles y Las Bajadas fueron declarados “libres de agroquímicos” prohibiendo de manera total el uso de estos productos dentro del ejido urbano.

Los municipios ante la ley provincial

Según indicaron desde el colectivo Paren de Fumigar, integrado por vecinos de diferentes localidades de Córdoba y el país, la creciente aprobación de este tipo de ordenanzas en nuestra provincia se relaciona con las falencias que contiene la Ley de Agroquímicos 9164.

“Hay varios vericuetos de la ley provincial que terminan permitiendo las fumigaciones”, advirtió Laura Gallo, vecina autoconvocada de Oncativo e integrante de la organización Paren de Fumigar.

La norma vigente en Córdoba prohíbe las fumigaciones aéreas a menos de 1500 metros de zonas pobladas. En tanto, la pulverización terrestre no está permitida a menos de 500 metros de viviendas pero sólo para ciertos productos, ya que aquellos agroquímicos categorizados como de menor riesgo toxicológico por el Senasa sí pueden aplicarse junto a lugares habitados.

Éste es uno de los aspectos más cuestionados por los vecinos: “Permite fumigar hasta el frente de la casa. Los productos 3 y 4, como el Glifosato, se pueden aplicar de 0 a 500 metros, o sea pegado a la población”, señaló Gallo.

Incluso, añadió: “El tema es que en los Anexos a la Ley de Agroquímicos hay un artículo muy engañoso que dice que si un producto clase 1 o 2 es diluido determinada cantidad de veces puede ser clase 3 o 4. Entonces permite que se pueda aplicar cualquier producto diluyéndolo”.

Este panorama ha llevado a vecinos, concejales e intendentes a impulsar normas propias que impongan más restricciones a las fumigaciones dentro de su ejido urbano.

“En materia de legislación ambiental los municipios pueden incurrir en mayor protección de su población mediante ordenanzas, no así en otros ámbitos. Por eso, ante la falta de contundencia de la ley provincial, los vecinos empezaron a pedir ordenanzas”, indicaron desde el colectivo Paren de Fumigar.

Zona de resguardo ambiental

Las 18 localidades cordobesas que decidieron regular la aplicación de agroquímicos imponen mayores restricciones que la ley provincial. Más allá de las particularidades, la mayoría de las ordenanzas sancionadas disponen una zona de resguardo ambiental. “Es una franja alrededor de todo el pueblo donde no se puede fumigar con ningún agroquímico, lo que varía es el metraje”, explicó la vecina de Oncativo.

Las distancias que abarca la prohibición varían entre los 500 y los 2000 metros a partir de las viviendas. El barrio Ituzaingó Anexo de la ciudad de Córdoba es la zona de resguardo ambiental que alcanzó mayor superficie hasta el momento, aunque en este caso la medida fue dispuesta por una acción judicial.

Gallo manifestó que la superficie establecida depende principalmente del alcance que posee el ejido urbano de cada localidad, ya que ése es el territorio donde el municipio puede regular la actividad: “Cuando el ejido urbano termina, empieza el territorio provincial, entonces si se avanza sobre la Provincia la ordenanza puede darse de baja”.

Desde la organización de vecinos señalan que varias normas locales también abarcan otras aristas de la problemática: “Algunas ordenanzas también apuntan a la circulación de las máquinas fumigadoras porque los mosquitos, las máquinas terrestres, circulan por las calles del pueblo para ir de un campo a otro, para cargar nafta, y esa convivencia es problemática porque van dejando residuos de agroquímicos”, dijeron.

Además, destacaron que los depósitos de agroquímicos, ubicados en muchos casos dentro de los pueblos y ciudades, también han sido contemplados en algunas de las ordenanzas sancionadas.

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