Municipios cuestionan constitucionalidad de intento de derogar convenio con Nación

Podrían presentarse ante el TSJ porque sólo les coparticiparían una pequeña parte de lo que se recuperaría de coparticipación federal.
Ante la posibilidad cierta de que la nueva Ley Provincial 10.077 viole en su artículo tercero la Constitución Provincial, varias intendencias del interior cordobés presentarían un recurso ante el Tribunal Superior de Justicia con el fin de que éste se pronuncie al respecto.

La flamante normativa que la Legislatura Unicameral sancionó la semana pasada en el marco de una polémica sesión, sostiene que la Provincia renuncia al convenio firmado con la Nación el 12 de agosto de 1992 por el cual cedió 15 puntos de su masa coparticipable al Gobierno federal.

Pero, además, la ley precisa textualmente en su artículo tercero que deberá “afectarse el incremento de los recursos de coparticipación federal de impuestos generado con motivo de la denuncia del acuerdo formulada en la presente norma, a la Caja de Jubilaciones, Pensiones y Retiros de Córdoba hasta la concurrencia de los déficit que dicho organismo registra. El remanente formará parte de los recursos que por ley se coparticipan a las municipios y comunas de Córdoba”.

De acuerdo a la óptica de varios jefes comunales que se han hecho asesorar por distintos abogados, la Ley 10.077 viola la Constitución Provincial puesto que esta última determina expresamente que del total de fondos que llegan todos los meses de desde la Nación, el 20% se tiene que coparticipar en forma directa entre los municipios y comunas de Córdoba.

En consecuencia, si la Provincia recupera los 15 puntos de coparticipación cedidos a la Nación en 1992, no puede asignar parte de ese monto para financiar en forma directa el déficit de la Caja de Jubilaciones y del saldo restante calcular el 20% a distribuir entre los municipios y comunas.

A juicio de los intendentes, la masa a coparticipar debe calcularse sobre los 15 puntos de coparticipación federal que se recuperan y no sobre el saldo que quede después de cubrir el rojo existente en la Caja de Jubilaciones.

En consecuencia, el artículo tercero de la nueva norma sería inconstitucional y no podría aplicarse en Córdoba, tal como fue aprobado por la Legislatura.

Los jefes comunales del interior ya están cansados que la Provincia a través de fondos específicos no coparticipables les escamotee fondos que deberían recibir en forma directa.

Obviamente, no es lo mismo calcular el 20% a distribuir entre los gobiernos locales sobre la masa total recuperada de fondos federales que del magro saldo que quedaría luego de cubrir el déficit creciente de la Caja de Jubilaciones.

Desde la Provincia se asegura en cambio que la nueva ley es totalmente constitucional y que en consecuencia no se comete ningún error o ilegalidad al coparticipar los recursos de manera indirecta a las diferentes intendentes y comunas de la provincia.

Comentá la nota