El Municipio reglamentó controles de calidad para el agua potable

Mediante la resolución N° 0617/12, el Municipio a través de la Subsecretaría de Ambiente, concretó la reglamentación de los mecanismo de control, monitoreo y frecuencia de muestreo del agua potable. Mediante la normativa, se exigirá que el agua distribuida por la SCPL a la población, cumpla con las normas de calidad adecuadas para el consumo humano.
En el marco de las medidas medioambientales, que viene aplicando la gestión del intendente Néstor Di Pierro, se estipuló mediante resolución N° 0617/12, la reglamentación de los mecanismos de control, sistemas de monitoreos y frecuencia de muestreos, para mantener la calidad del agua destinada al consumo humano.

Al respecto, el subsecretario de Medio Ambiente, Fabián Suárez indicó que “actualmente en el Convenio de Concesión que tenemos con la SCPL, no se estipula la calidad de agua que debe suministrarse a los usuarios, por lo que procedimos a reglamentarla”.

En ese marco, el funcionario comentó que “los mecanismos y las exigencias con que debe cumplir el agua potable distribuida, se enmarcan dentro de lo que establecen las Guías de Calidad de Agua Potable de la Organización Mundial de la Salud (OMS)”, destacó el subsecretario, quien agregó que “esto implica realizar controles periódicos”, a fin de descartar posibles contaminaciones.

Comentá la nota