A través de la Dirección de Rentas dieron a conocer las modificaciones aplicadas para este ejercicio teniendo en cuenta la participación del Concejo Deliberante ya que se hicieron importantes incorporaciones. El plazo para entregar la documentación, debidamente complementada vencerá el 31 de mayo.
Durante la mañana de ayer, en conferencia de prensa, Gabriela Taruselli, concejal del Frente Integración Cívica Pergaminense e integrante de la Comisión de Gobierno y Hacienda del Concejo Deliberante junto a Carlos Ayestarán, titular de la Dirección de Rentas, y Paulina Jara, funcionaria de esa área, explicaron algunas modificaciones que sufrió el régimen de exención de tasas municipales.
La concejal del oficialismo sostuvo que "se está informando el resultado del tratamiento en la última sesión del Concejo, sobre tablas y por unanimidad, sobre un cambio que importa un beneficio para aquellos jubilados del Partido que aún no se encontraban incluidos dentro de la posibilidad de la exención de los tributos municipales", señaló la edil Taruselli.
Sobre el particular la concejal recalcó que "se aprobó una modificación que tiene que ver con la ampliación de una vez y medio el mínimo que era el requisito para la exención a dos veces el haber mínimo jubilatorio, lo que permitirá la inclusión de muchos beneficiarios jubilados y pensionados que hasta el momento quedaban afuera de esto"; además añadió que "a través del trabajo de Rentas del Municipio, y considerado en la Comisión de Presupuesto y Cuenta, apoyado por todos los concejales, la elevación que realizaron en función de un régimen especial de exenciones para personas con discapacidad que van a ser desarrolladas por los funcionarios de esta dependencia".
Carlos Ayestarán
Por su parte Carlos Ayestarán manifestó que "a fines del año pasado habíamos abierto la exención directa 2010 y se cerraba al terminar este período; dada esta circunstancia, que va a beneficiar a muchos contribuyentes, en el sentido de que un hogar con dos haberes mínimos puede presentar la exención, hemos resuelto abrir la etapa de exención directa hasta el 31 de mayo". El funcionario advirtió también que "es un trámite muy simple, eliminamos el expediente y resolvemos en el momento la situación del solicitante. Se realiza en la Oficina de Atención al Contribuyente, Florida 831, de 7:45 a 13:00, y se extenderá hasta fines del mes que viene".
Paulina Jara
Asimismo la agente municipal, Paulina Jara, aclaró que sobre la exención para personas con discapacidad "la situación social es muy compleja y los problemas de salud son muy costosos, por lo que el Municipio ha hecho hincapié en darle una forma más particular al tema. El interesado en obtener el beneficio de la exención debe acreditar su situación mediante certificado de discapacidad del área IV de Salud, habrá un requisito para determinar cómo se armará todo por expediente, de acuerdo al nivel de discapacidad que presente la persona será de oficio o todos los años tendrán que renovar el trámite", señaló Jara en diálogo con los medios locales. "Esta todo asesorado por el área salud con el programa provincial para la rehabilitación, los fundamentos del proyecto fueron hechos por profesionales y también por representantes del Consejo Municipal del Discapacitado, ya que esta área aportará los informes sociales que se deberán llevar a cabo para cada expediente en particular".
Los trámites
El trámite deberá ser gestionado por el titular del inmueble o en su caso por su cónyuge (si algún motivo justificado impide al titular o su cónyuge realizarlo, un tercero podrá solicitarlo para lo cual deberá agregar a la documentación presentada la fotocopia de su documento y certificado de supervivencia del titular y/o cónyuge.
En cuanto a la documentación necesaria para tramitar la solicitud se diferencia si el jubilado o pensionado fue eximido por el ejercicio 2008 o no. Si fue eximido para el presente año habrá que entregar la fotocopia de la resolución directa o del decreto correspondiente al ejercicio 2008; fotocopia del último haber jubilatorio del solicitante y de su cónyuge; fotocopia de la última factura de electricidad; fotocopia de documento del cónyuge o fotocopia de certificado de defunción y copia de documentos de quienes habiten el inmueble.
Sin exención
Si no obtuvo la exención para este ejercicio, el beneficiario tendrá que presentar fotocopia de la escritura de su inmueble, fotocopia de su documento, copia de los documentos de su cónyuge y de quienes convivan en el inmueble, copia de la libreta o partida de matrimonio, copia de última factura de electricidad; copia de su último recibo de jubilación o pensión, fotocopia del último recibo de jubilación o pensión del cónyuge; fotocopia de exención anterior, o fotocopia de una factura de servicios sanitarios y de limpieza y conservación de la vía pública de su inmueble; copia de certificado de defunción, del titular o cónyuge que haya fallecido. Es importante destacar que todo hecho, omisión, simulación o maniobra intencional por parte del contribuyente destinada a acceder a una exención a la que no tenga derecho, será pasible de una multa por defraudación prevista en la ordenanza fiscal.
Asimismo, una vez obtenida la exención directa el Ejecutivo solicitará información al ANSES y a la Secretaría de Promoción Social para verificar datos de su declaración.
Nueva clave
Desde la Secretaría de Economía y Hacienda comunicaron además que "se ha venido trabajando en varios cambios, entre ellos se destaca la modificación de la Ordenanza Fiscal Impositiva con dos principios: transformar la parte contributiva y hacerla lo más equitativa posible en lo que hace al impacto tributario a los contribuyentes, y facilitar el trámite de pago de las tasas.
"Con relación a esta segunda parte se logró que por medio de la página Web los vecinos de las tasas domiciliarias, incluidas las patentes y otras cargas que son determinadas (fijas) por la Municipalidad y no de autodeterminación (variables), pueden consultar su deuda e imprimir el resumen de cuenta y los comprobantes para realizar el pago. "Los vecinos que tributan en la tasa de Seguridad e Higiene, uno de los impuestos que no es de autodeterminación, deben contar con la clave fiscal municipal para realizar de ahora en más sus pagos de manera on line", indicaron en Hacienda.
Comentá la nota