El intendente Federico Sciurano señaló que con el acuerdo se garantiza que los contratados no queden cesantes a fines de julio. El acta se firmó el último viernes entre el Ejecutivo capitalino, ATE, UPCN, ASEOM, SPJ y No Agremiados. El SOEM no concurrió, argumentando su ausencia en su desacuerdo con la propuesta.
El documento fue rubricado poco después del mediodía, en la Sala de Situación, por el intendente Federico Sciurano y por representantes de la Asociación Trabajadores del Estado; Unión de Personal Civil de la Nación; la Asociación de Empleados y Obreros Municipales; Sindicato del Personal Jerárquico y No Agremiados.
El jefe comunal destacó el "consenso logrado con casi todos los gremios de la Municipalidad", toda vez que "teóricamente, el 31 de julio los contratados tenían que irse de la institución, porque no estaban las herramientas legales para que se pudieran renovar sus contratos".
Para "tranquilidad" de los contratados
Ante esta situación, dijo, "una gran mayoría de gremios se mostraron preocupados, y se trató de llegar a un acuerdo, trabajándose previamente sobre la propuesta de uno de los gremios para que, llegado el 31 de julio, esta gente pudiera mantener su situación actual".
Sciurano observó que el convenio de partes "tiene el objetivo fundamental de darle tranquilidad a aquellos contratados que trabajan dentro de la Municipalidad y facilitar para que en el futuro mediato, estas personas puedan tener la misma situación de revista que aquellos que fueron contratados antes de la implementación del Convenio Municipal de Empleo, en la medida en que las condiciones económicas y presupuestarias lo permitan y que hubiese vacantes disponibles".
Señaló que más allá de llevar tranquilidad, el acta acuerdo posibilitará que "en el corto, mediano y largo plazo, vayan quedando en planta todos aquellos a los que por antigüedad efectivamente les corresponda".
"Se respeta la antigüedad del personal que trabaja en la Municipalidad", aseguró, remarcando que "no hay una sola persona que haya entrado a planta sin haber tenido la antigüedad que corresponde".
"Nadie ha podido ingresar a la planta antes que otro que tiene más tiempo dentro del municipio", insistió, para subrayar luego que el acuerdo firmado con los gremios "lo único que hace es ratificar estas posturas y conservarlas para que en el transcurso de los próximos años se sigan cumpliendo", para que no exista la posibilidad que alguien con menor antigüedad ingrese a planta antes que otro con más tiempo de permanencia.
Texto completo del Acta Acuerdo
ACTA ACUERDO
REGISTRADA BAJO EL NÚMERO 5228
21 DE MAYO DE 2010
--- En la ciudad de Ushuaia a los 21 días del mes de Mayo de 2010, por una parte la Municipalidad de Ushuaia, representada en este acto por el Sr. Intendente Municipal Dn. Federico SCIURANO, D.N.I N° 18. 258.173 y por la otra, A.T.E, U.P.C.N, A.S.E.O.M, S.P.J y No Agremiados, acuerdan celebrar, ad referéndum del Concejo Deliberante la presente ACTA ACUERDO en los siguiente términos:------------------------------------------------
PRIMERA: Las partes Ratifican lo dispuesto mediante Acta Co.P.A.R.L N° 743/2010. A.T.E manifiesta que mediante el Acta citada se resolvió exceptuar del artículo 17 del C.M.E, con un criterio similar al vertido en el Acta Acuerdo Adicional Extra Convenial, que obra como Anexo II de la Ordenanza Municipal N° 3248, a aquellas personas contratadas con posterioridad al Convenio Municipal de Empleo que se encuentren prestando servicio al día de la fecha bajo las diferentes modalidades de Contratos, horas reloj, Plantas Transitorias y pasantes con más de dos años de antigüedad. ----------------------
SEGUNDA: Las partes acuerdan que el ingreso a Planta de Personal Permanente se hará progresivamente por Concurso de Antecedentes de acuerdo a un listado de personal que contemple las modalidades de la Cláusula anterior, por orden de antigüedad desde el inicio de la prestación de servicios en la Municipalidad de Ushuaia; no obstante, teniendo en cuenta que los contratos del personal que viene prestando servicios en el municipio cesan el 31 de julio del año 2010, se deberá continuar con la misma modalidad de contrato, hasta tanto se concrete el procedimiento previsto en la cláusula primera; el que se concretará en función del cumplimiento de los mecanismos legales pertinentes y en base a las posibilidades económicas y presupuestarias del municipio.-----------------------------------------------------------------------------
TERCERA: No obstante la modalidad descripta en el artículo anterior, la misma no será impedimento para la presentación del personal en los concursos abiertos que pudieran realizarse. -------------------------------------------------------
CUARTA: El ingreso del personal contratado a la Planta de Personal Permanente, con fecha cierta posterior a la entrada en vigencia del Convenio Municipal de Empleo, a modo de excepción, será por Concurso de Antecedentes valorando la experiencia, antigüedad, capacitación y educación formal, según lo establecido en la Cláusula Primera.--------------------------------
QUINTA: Considerando la nueva condición de revista del personal antes mencionado, las partes acuerdan, que en lo sucesivo, las contrataciones respeten lo establecido en los artículos 25.1, 25.5 y 25.11 del C.M.E.------------
SEXTA: Las partes se comprometen, a gestionar la incorporación del personal mencionado, sin ocasionar demoras, girando la novedad a la Co. P.A.R.L, a fin de que la Comisión, tome intervención de acuerdo al Art. 81.5 inc. m) del C.M.E.--------------------------------------------------------------------------------------
SEPTIMA: El Departamento Ejecutivo manifiesta su conformidad a dicha decisión, tomando siempre como premisa la antigüedad del personal.-----------
En prueba de conformidad y para su fiel cumplimiento, se suscriben tres (3) ejemplares de un mismo tenor y a un solo efecto.-----------------------------------

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