La Municipalidad alertó sobre los procedimientos de poda de árboles

Ante la llegada de la temporada de poda de árboles, el Ejecutivo local dio a conocer algunos aspectos de la norma que regula esta actividad. Queda prohibido extraerlos de forma definitiva y lesionar su anatomía, salvo expresa autorización de la Comuna. Los frentistas son los responsables por su mantenimiento y cuidado.
Ante la llegada de la temporada de poda de árboles, la Municipalidad de Luján divulgó algunos aspectos de la ordenanza que regula esta actividad "a los fines de preservar el arbolado público". Según la norma municipal, queda expresamente prohibido "extraerlos en forma definitiva o con fines de traslado, salvo ante situaciones de fuerza mayor por daños de importancia a la propiedad pública o privada (...) por saneamiento forestal o por peligrar la integridad física de la personas. Ante estas circunstancias, los casos urgentes los resolverá el Departamento Ejecutivo". Tampoco se permite "lesionar su anatomía (podas, talas, despuntes, incisiones, orificios, descortezamientos, pintadas, extracción de flores o frutos, cortes) o su fisiología, afectando en forma directa o indirecta su normal crecimiento y desarrollo".

De este modo, se informa que será "el Departamento Ejecutivo, a través del área de Parques y Paseos, quien recibirá y considerará las solicitudes, propuestas y sugerencias de la comunidad referidas al tema". Cabe mencionar que "no serán motivo de extracción o poda profunda las especies vegetales componentes del arbolado público afectadas por construcciones, refacciones, ampliaciones y/o demolición de inmueble". En caso de fuerza mayor, "la extracción deberá ser autorizada por el Departamento Ejecutivo". Por último, la Comuna recuerda que "el propietario frentista es custodio directo de los árboles ubicados frente a su parcela. En los edificios públicos el funcionario de mayor jerarquía será el responsable directo de su custodia".

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