Desde la Secretaría de Defensa al Consumidor se dictó una resolución a fin que se pueda sancionar a aquellos comercios que cuenten con carga virtual y venta de tarjetas telefónicas que cobren sobreprecio por tal servicio.
La resolución publicada en el Boletín Oficial fue promovida por los reclamos de usuarios que sufrieron el cobro de uno o dos pesos adicionales por recarga realizada o tarjeta vendida. Con respecto a esto, existe una obligación legal que los precios que están exhibidos, en el cuerpo de las tarjetas prepagas o en la computadora que efectúa la carga virtual, sean el importe total que le corresponde abonar al consumidor.
Los sobreprecios vulneran el artículo 9 de la Ley de Lealtad Comercial Nº 22.802, a inducir a error y confusión al consumidor acerca del precio y las condiciones en que se comercializan el servicio de recargas y ventas de tarjetas.
Por otro lado, la conducta de los comerciantes de establecer un aumento del precio de venta de tales bienes y servicios limita el acceso al mercado y configura una infracción a las disposiciones de la Ley de Defensa de la Competencia Nº 25.156.
Difusión en comercios
El responsable del organismo, Santiago Godoy (h), informó que durante esta semana inspectores de la Secretaría recorrerán los comercios de la Capital haciendo entrega de carteles informativos para los usuarios de este servicio y agregó que se utilizará el mismo modo de trabajo en el interior provincial.
Los carteles tendrán la siguiente leyenda: "Sr./a. Consumidor/a: No deben cobrarle ningún tipo de cargo extra o plus por la carga de saldo virtual telefónico o por la compra de tarjetas telefónicas prepagas, cualquier fuere el monto de las mismas y la empresa de la que es cliente (Claro, Personal o Movistar)", además de indicar que esto puede denunciarse al 0800 555 3332.
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