Mujica reabre juicios a militares

El presidente uruguayo, José Mujica, anunció la firma de un decreto que permitirá la investigación de 88 casos de violaciones de derechos humanos cometidos durante la dictadura y que estaban amparados bajo la Ley de Caducidad.
El decreto, que se publicará el próximo jueves o viernes, anulará los actos administrativos dictados por los gobiernos de Sanguinetti, Lacalle y Battlle, que impedían investigar estos hechos a causa de la Ley de Caducidad, la norma que impidió juzgar militares y policías acusados de crímenes de lesa humanidad durante la dictadura de ese país.

El anuncio lo realizó el secretario de la Presidencia, Alberto Breccia, en un comunicado oficial el día que se cumplió el 38º aniversario del último golpe de Estado, quien explicó que la medida se toma “por razones de ilegitimidad”.

La revocatoria de esos actos administrativos permitirá la continuidad de las investigaciones, aunque queda a cargo del Poder Judicial la forma en que seguirán, o si corresponde o no desarchivar los expedientes.

El funcionario señaló que el decreto “se sustenta en la sentencia que la Corte Interamericana de Derechos Humanos realizó para el caso Gelman versus Uruguay, el cual dispone que el Estado debe garantizar que la Ley de Caducidad no vuelva a representar un obstáculo para la investigación” y destacó que el Gobierno trabaja en el resarcimiento económico a la familia Gelman, tal como indica la sentencia.

El catedrático Juan Pablo Cajarville, especialista en derecho administrativo, resaltó que la “cosa juzgada” no puede modificarse por más que se revoque un acto administrativo, aunque sostuvo que es diferente si “en virtud de un acto administrativo se produjo cosa juzgada en la Justicia, como parecería que puede haber ocurrido en algunos de estos casos”. En tanto, su colega Augusto Durán Martínez señaló que “si un acto administrativo es creador de derecho no es revocable bajo ningún concepto de oficio. Esto es parte del principio de seguridad jurídica”.

El constitucionalista y ex senador colorado Rubén Correa Freitas, también expresó reparos, ya que “los jueces, ante el acto administrativo del Poder Ejecutivo, dictaron sentencias interlocutorias con fuerza de definitivas y adquirieron calidad de cosa juzgada”.

En cambio, el constitucionalista José Korzeniak consideró que revocar actos administrativos, es “mejor” que la ley interpretativa de la Caducidad.

Comentá la nota