Muerte digna: ahora, la ley provincial

Tras la sanción de la ley nacional, avanza en la Legislatura el debate por una norma cordobesa.

Familiares de Melina González, un caso testigo, en la sesión de la Legislatura provincial.

Muerte digna: ahora, la ley provincial

Dos comisiones de la Unicameral tratarán la semana que viene un proyecto de ley de muerte digna y voluntades anticipadas. La iniciativa lleva 10 años siendo debatida en comisiones, pero nunca fue discutida en el recinto.

Con el marco de la ley nacional, la Unicameral debatirá en una sesión conjunta de las comisiones de Salud y Asuntos Constitucionales el proyecto que lleva una década de dilaciones.

La norma nacional, que fue aprobada el martes en el Senado, no tiene alcance en Córdoba. La Constitución provincial establece que la salud, educación y seguridad son tres facultades no delegables a la Nación. Por ende, la modificación de la ley 26.529, que regula los derechos del paciente y su relación con los profesionales de salud, no tiene alcance local. Para que en Córdoba se eviten los tratamientos prolongados y sin sentido a los pacientes, debe haber una norma provincial.

“Hay voluntad y consenso para sacar una ley de muerte digna en el corto plazo. Antes teníamos reparos jurídicos que quedaron saldados con la ley nacional”, explicó una alta fuente del bloque Unión por Córdoba.

La versión local. Fue el ex legislador socialista Martín Luque (ya fallecido) quien impuso el tema en agenda hace 10 años. La iniciativa luego fue reflotada por Ricardo Fonseca, primero, y Raúl Jiménez, después. Ambos del bloque Frente Cívico. Cuatro veces fue aprobado el proyecto en Comisión de Salud. Pero por diversos motivos, la siguiente comisión (Asuntos Constitucionales) nunca lo discutió.

“La iniciativa de Luque fue pionera en el país. Y pese a que la Comisión de Salud de la Legislatura la aprobó cuatro veces, nunca llegó a tratarse en Asuntos Constitucionales. Creo que en la demora tiene que ver la especulación política y el temor”, explicó Raúl Jiménez, ex legislador.

El mismo día en que el Senado aprobara la modificación de la ley 26.529, la Comisión de Salud de la Unicameral emitía un despacho con el proyecto consensuado. La iniciativa propone la conformación de un Registro Único de Voluntades Anticipadas. Cualquier persona mayor de edad, en pleno goce de sus facultades mentales, puede suscribirlo. Y el Ministerio de Salud provincial es el encargado de abrir el registro.

Ahora, el martes o el miércoles los legisladores de las comisiones de Salud y Asuntos Constitucionales sesionarán con el objetivo de avanzar hacia un despacho conjunto, informó Juan Manuel Cid, presidente de Asuntos Constitucionales. Fuentes oficiales estiman que en dos o tres semanas estarían en condiciones de convertirlo en ley. Pero puede haber reparos.

“Hay muchos intereses creados. Y corporaciones que impiden que grandes proyectos de salud nos sean aprobados. En el caso de muerte digna, creo que pesa la corporación de las clínicas, que ganan mucho dinero con cada día de internación en terapia de un paciente que no lo necesita”, explicó una calificada fuente de la Comisión de Salud de la Unicameral.

El proyecto provincial difiere en varios puntos de la ley nacional, aunque el espíritu es el mismo: impedir el “encarnizamiento terapéutico”, es decir, la utilización de tratamientos desproporcionados para prolongar la vida biológica de un paciente con una enfermedad irreversible o terminal.

Sin embargo la norma local es más expeditiva. “El proyecto provincial se basa en la cuestión de derecho. Si una persona, estando sana, expresó su voluntad de no ser sometida a ciertas terapias desproporcionadas, puede hacerlo a través de un registro. Ese derecho se mantiene aún en estado vegetativo permanente”, explicó Jiménez.

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El proyecto cordobés

Los principales puntos del despacho de la Comisión de Salud.

Voluntad anticipada. Los mayores de edad en pleno goce de sus facultades mentales pueden expresar su voluntad de ser sometidos o no a determinados tratamientos médicos. Aún en caso de que pierda su capacidad natural de conciencia.

Revocación. La persona que haya declarado su voluntad anticipada puede retractarse en cualquier momento, siempre y cuando conserve su capacidad y actúe libremente.

Registro. El Ministerio de Salud provincial deberá crear un Registro Único de Voluntades Anticipadas, en el que se inscribirán los voluntarios y también las revocaciones.

No se puede. El Registro queda suspendido para mujeres embarazadas, hasta que termine la gestación.

Diferencias con Nación. En el proyecto provincial, las voluntades se expresan en un registro. En la ley nacional, las personas conscientes pueden firmar un testamento ante un escribano o juez. Y necesitará dos testigos.

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Las 24 pautas que tiene el Urgencias

El Hospital Municipal de Urgencias elaboró sus propias pautas para garantizar la muerte digna. Se trata de la “Guía para la Adecuación del Esfuerzo Médico”, confeccionada por un equipo de profesionales de la salud. Consta de 24 pautas para evitar el encarnizamiento terapéutico.

“La guía ya está rigiendo en el hospital. Estamos preparando su impresión para difundirlo al resto de los hospitales. Va a dar qué hablar”, explicó el médico Carlos “Pecas” Soriano.

Las pautas rigen para los casos de pacientes que podrían estar siendo sometidos a un tratamiento prolongado y sin sentido. Cada caso será evaluado por una junta médica, conformada por los jefes de servicio. Los especialistas deben confirmar el diagnóstico y asentarlo en la historia clínica.

El diagnóstico es evaluado luego por el Comité Hospitalario de Bioética (CHB). Estos especialistas sugieren un diagnóstico para el caso que se evalúa. Y luego se reúnen con los familiares y el médico de cabecera del paciente. Se consensúan posibilidades de sobrevida y las alternativas que tengan en cuenta las creencias del enfermo.

“Todas las decisiones sobre tratamientos, incluidos los de soporte vital, deben basarse en la mejor evidencia clínica disponible”, establece la pauta número 10.

Finalmente, es el paciente el que tiene la última palabra. De tratarse de personas incapaces, deberá decidir el familiar subrogado.

“Los médicos hemos sido formados para salvar vidas. En algunos textos de medicina ni siquiera figura la palabra muerte. Se nos inculca que tenemos que luchar contra la muerte, pero esa batalla no tiene sentido. Sería mejor preguntarse contra qué tipos de suerte debe luchar la medicina y cuál es el mejor momento para dejar que la naturaleza actúe”, finalizó Soriano.

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