Modificaron cartelería sobre actos de discriminación

El Concejo Deliberante aprobó la modificación de la Ordenanza Nº 11.698 sobre exhibición de cartelería referida a actos de discriminación, en los locales comerciales de acceso al público.

Por esa modificación se establece la obligatoriedad de exhibir en el ingreso a los locales comerciales, cualquiera fuere su denominación, de recreación, salas de espectáculos, bares, restaurantes u otros de acceso público que se encuentren en el ámbito del municipio, en forma clara y visible, los textos del artículo Nº 16 de la Constitución Nacional, el artículo Nº 1 de la Ley Nacional Nº 23.592/88 y sus modificatorias Nº 24.782/97, junto con la presente Ordenanza y el número 0800-999-2345 INADI-Denuncias las 24 horas”.

Los carteles deberán tener como mínimo 30 centímetros de ancho por 40 centímetros de alto. Y tendrá como título “No a la discriminación”. Y en un recuadro destacado la siguiente leyenda: “Frente a cualquier acto discriminatorio, usted puede recurrir a la autoridad policial y/o juzgado civil de turno, quienes tienen la obligación de tomar la denuncia”.

Los establecimientos comerciales que ya cuentan con permiso o habilitación municipal deberán cumplir con la normativa en un plazo de 90 días a partir de la promulgación de la presente Ordenanza.

En cuanto a las sanciones, el primer caso se hará a través de un apercibimiento, en caso de reincidencia la sanción será una multa equivalente al valor de entre 500 a 2.000 unidades tributarias, montos que se duplicarán en caso de una nueva infracción.

También se podrá aplicar la clausura por el lapso de 7 a 90 días en la segunda reincidencia y la clausura definitiva tras la cuarta reincidencia. Los autores del proyecto fueron los concejales Tomás Rodríguez (PJ) y Martín Avila ( Memoria y Movilización)

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