El Concejo Deliberante aprobó la modificación de la Ordenanza Nº 11.698 sobre exhibición de cartelería referida a actos de discriminación, en los locales comerciales de acceso al público.
Los carteles deberán tener como mínimo 30 centímetros de ancho por 40 centímetros de alto. Y tendrá como título “No a la discriminación”. Y en un recuadro destacado la siguiente leyenda: “Frente a cualquier acto discriminatorio, usted puede recurrir a la autoridad policial y/o juzgado civil de turno, quienes tienen la obligación de tomar la denuncia”.
Los establecimientos comerciales que ya cuentan con permiso o habilitación municipal deberán cumplir con la normativa en un plazo de 90 días a partir de la promulgación de la presente Ordenanza.
En cuanto a las sanciones, el primer caso se hará a través de un apercibimiento, en caso de reincidencia la sanción será una multa equivalente al valor de entre 500 a 2.000 unidades tributarias, montos que se duplicarán en caso de una nueva infracción.
También se podrá aplicar la clausura por el lapso de 7 a 90 días en la segunda reincidencia y la clausura definitiva tras la cuarta reincidencia. Los autores del proyecto fueron los concejales Tomás Rodríguez (PJ) y Martín Avila ( Memoria y Movilización)
Comentá la nota