Se modificó la ordenanza de agroquímicos

Se modificó la ordenanza de agroquímicos
Algunos artículos quedarán en suspenso por 5 meses, mientras otros sufrieron cambios y se añadieron nuevas disposiciones. Hubo consenso y un clima ameno durante el tratamiento del expediente en sesión
El Concejo Deliberante aprobó este jueves en plenario los cambios e incorporaciones a la normativa que regula el uso de agroquímicos en el Partido, como también el diferimiento por 150 días de algunos ítems que la componen, prohibiciones y la creación de un Consejo de Evaluación y Monitoreo de la mencionada legislación.

La votación resultó unánime y a pesar de algunas críticas a la gestión por parte de la oposición, se evidenció el consenso alcanzado entre los diferentes sectores.

Así, el texto convalidado ayer suspendió la aplicación de dos incisos del artículo 1 de la norma por el término de 150 días. Se trata de los que prohíben, dentro del radio de mil metros a partir del límite de las plantas urbanas o núcleos poblacionales, la utilización de cualquier plaguicida de síntesis (fungicida, insecticida, bactericida, rodenticidas, herbicida, acaricida) y todo otro producto de carácter similar de aplicación agropecuaria o forestal y el tránsito de maquinaria terrestre cargada con iguales sustancias.

Asimismo, y por idéntico plazo, se prohibió el uso de pulverizadores autopropulsados en un radio de 200 metros alrededor de centros urbanos, cursos de agua, escuelas y centros de salud, mientras que los productores ubicados en un radio de mil metros de plantas urbanas, deberán presentar a la Dirección de Gestión Ambiental un acta donde expliciten genéricamente el tipo de productos agroquímicos a utilizar y su tecnología de aplicación.

En tanto, se dejó establecido que durante el período de diferimiento, sólo podrán pulverizarse los cultivos mediante “la utilización de productos Clase IV banda verde y orgánicos dentro del radio de mil metros a partir del límite de las plantas urbanas acorde al área de vigencia, respetando las restricciones de uso de los productos”.

En cuanto a aquellos productores que, por situaciones especiales, deban usar productos Clase III banda azul para las pulverizaciones, “deberán pedir autorización al Municipio, quien evaluará con organismos técnicos la posibilidad de su utilización y generará acciones concretas de control”, según especifica la nueva normativa.

Por otra parte, a partir de la ordenanza aprobada este jueves, se dispuso la creación de un Consejo de Evaluación y Monitoreo de la Ordenanza 18740, integrado por organizaciones técnicas, científicas, ambientalistas, gubernamentales y representantes de vecinos y productores. Este comité deberá iniciar su actividad dentro de los diez de promulgada la norma, mientras que será el Ejecutivo el encargado de reglamentar la forma de constitución, integrantes y mecanismo de funcionamiento.

INCORPORACIONES

Además de dictar nuevas disposiciones vinculadas al uso de agroquímicos, la norma convalidada por unanimidad en el plenario añadió algunos artículos a la polémica ordenanza 18.740. En este sentido, se agregó al inciso que fija la necesidad de establecer una barrera vegetal para impedir y/o disminuir el egreso descontrolado de agroquímicos hacia barrios o zonas urbanas aledañas, la obligación para los productores de presentar, dentro de los 60 días de promulgada la legislación, un programa de forestación que cumpla con las indicaciones determinadas en la ordenanza respecto de la barrera vegetal.

De igual manera, se incorporó un ítem que insta a las cámaras, asociaciones y cooperativas de productores a presentar protocolos de producción que propicien las buenas prácticas agrícolas en tránsito hacia sistemas de producción integrada y/o programas de reconversión agroecológica, en un plazo de 90 días a partir de la promulgación.

En este orden, también se imponen obligaciones al Ejecutivo que, en igual período, deberá confeccionar un mapa de zonificación productiva del Partido de General Pueyrredon, con el fin de establecer medidas diferenciadas en relación a la extensión y tipo de producción.

Hasta que esto suceda, la pulverización mediante el uso de aviones fumigadores se realizará de acuerdo a lo dispuesto por la legislación provincial y su decreto reglamentario, previa autorización de la Dirección de Gestión Ambiental.

Por otra parte, el Gobierno comunal tendrá que elevar al Concejo Deliberante (en 90 días) un Programa de Desarrollo Rural Sostenible que contemple el cuidado del medio ambiente, la salud de la población y el desarrollo productivo del sector.

En último término, vale remarcar que se mantuvieron las multas para los infractores a la norma, que parten de los 30 sueldos básicos de la categoría inferior del grupo ocupacional administrativo de los agentes municipales que cumplan el horario normal de la Administración y el secuestro y decomiso de los productos químicos de uso agropecuario. En caso de reincidencia, la sanción oscilará entre 45 y 60 sueldos, con posibilidad de clausuras, aumentos del 100% de las multas y hasta exigir el fin de toda actividad agropecuaria en el predio hasta que se cumpla con lo normado.

DISTINTAS VOCES

En el marco del debate suscitado ayer en el recinto, la concejal Marisa Vargas, de Acción Marplatense, se mostró satisfecha por las modificaciones efectuadas y enfatizó en la “madurez política” lograda al “escuchar a todos los sectores involucrados”.

“Ahora podremos acordar acciones tendientes al cuidado del medio ambiente y de la salud de la población sin descuidar el continuo desarrollo productivo del sector”, sostuvo tras la sesión.

La edil mencionó además el aporte “invalorable” de los técnicos que participaron de la jornada de trabajo, porque “nos pusieron al tanto de las cuestiones puntuales que el uso de agroquímicos en la producción conlleva”.

“Desde esta gestión, seguiremos trabajando para hacer que los distintos sectores de nuestra comunidad se desarrollen y vivan en un ambiente sustentable en donde los recursos productivos se utilicen con racionalidad y responsabilidad, sin perjudicar la calidad de vida de los marplatenses”, recalcó.

Por parte de la oposición, el presidente del bloque de la Unión Cívica Radical, Nicolás Maiorano, también resaltó el consenso logrado pero no escatimó en críticas hacia la dirección de Gestión Ambiental, las cuales fueron dirigidas particularmente hacia su titular, Claudia Baltar. Incluso el edil fue un poco más allá y, con metáfora futbolística, comparó a Baltar con Rolando Schiavi (jugador de Boca) al argumentar que “no la sacan porque no tienen reemplazante”.

En tanto, el edil del PRO Hernán Alcolea, pidió que se agregue un artículo para condonar las multas aplicadas a los productores con la vigencia de la ordenanza 18740, algo que fue rechazado por el resto del Cuerpo.

Así, en forma unánime el Concejo Deliberante aprobó la ordenanza elaborada a través del diálogo y el consenso político, social y laboral.

PUNTOS PRINCIPALES

• La prohibición, dentro del radio de mil metros a partir del límite de las plantas urbanas, de utilizar plaguicidas de síntesis y del tránsito de maquinaria terrestre cargada con estos productos, queda suspendida por 150 días

• Por igual período se prohíbe el uso de pulverizadores autopropulsados en un radio de 200 metros alrededor de centros urbanos, cursos de agua, escuelas y centros de salud

• Sólo podrán pulverizarse los cultivos mediante la utilización de productos Clase IV banda verde y orgánicos dentro del radio de mil metros a partir del límite de las plantas urbanas

• La pulverización mediante el uso de aviones fumigadores se realizará de acuerdo a lo dispuesto por la legislación provincial en la materia

• Se crea un Consejo de Evaluación y Monitoreo de la Ordenanza 18740, que deberá iniciar su actividad dentro de los 10 días de promulgada la ordenanza

• Dentro de los próximos 90 días, las cámaras, asociaciones y cooperativas de productores deberán presentar protocolos que propicien las buenas prácticas agrícolas

• El Ejecutivo deberá confeccionar un mapa de zonificación productiva para establecer medidas diferenciadas en relación a la extensión y tipo de producción

• También tendrá que elevar al Concejo Deliberante un Programa de Desarrollo Rural Sostenible que contemple el cuidado del medio ambiente, la salud de la población y el desarrollo productivo del sector

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