El Intendente de Junín y candidato a Delegado al Comité Nación de la UCR, dijo que están llevando al partido a "una situación insospechada" ante la noticia de la suspensión de la elección interna que estaba prevista para hoy.
El Intendente de Junín, recalcó que “como radical siento un profundo dolor al leer la resolución del juez, ya que este nos tiene que recordar cuáles son las funciones de los partidos políticos, la necesidad de que sean organización democráticas, lo importante que es cumplir con los procedimientos reglamentados, lo vital que es cumplir con la Carta Orgánica del Partido y con las leyes vigentes”. Meoni afirmó que “más allá de esta situación creo que no deja de ser una gran oportunidad para el futuro del radicalismo. Es una oportunidad para que los afiliados y la sociedad comprendan por qué no logramos una lista de una unidad, porque es necesario generar un cambio profundo en la conducción del partido, porque muchos dirigentes que nunca tuvimos la posibilidad de conducir el radicalismo tenemos que tenerla”.
Por último, Meoni instó al oficialismo radical a analizar ellos también la situación actual del partido, solo así se podrá abrir una verdadera y sincera instancia de diàlogo entre todos los sectores.
Resolución Judicial
En la resolución judicial, Blanco dice que “la Junta Electoral de la Unión Cívica Radical de la Provincia de Buenos Aires, no sólo se apartó de los parámetros establecidos por la Carta Orgánica partidaria para la confección de los padrones partidarios a utilizarse en las próximas elecciones convocadas para el 24/06/12, sino también desconoció los términos del art. 32 de la ley 23.298”.También sostiene la Justicia Federal con Competencia Electoral “que conforme surge de las actuaciones agregada a partir del entrecruzamiento de datos realizado por el Centro de Cómputos, las bases de datos de uno y otro padrón difieren atento a que el aportado por la junta partidaria contiene un padrón complementario. Que por otra parte del cotejo realizado por el Centro de Cómputos – muestreo realizado respecto de la Sección Electoral la Plata – efectuado el entrecruzamiento del padrón de afiliados aportado por la junta, mas el aportado por la actora, contra las constancias obrantes en el subregistro de electores y afiliados de este distrito surge que: se encuentran incluidos en los padrones partidarios que habrán de utilizarse en los próximos comicios, -tanto en el aportado por la junta como en el acompañado por la actora-, electores dados de bajo de este subregistro por pertenecer a otros distritos o por encontrarse fallecidos; electores que registran afiliación a otros partidos políticos o sin registro de afiliación partidaria y electores repetidos con matricula “cero” o inexistentes en este distrito”.Y considera que “la pureza del padrón partidario constituye una de las más relevantes garantías, pues asegura el efectivo ejercicio de los derechos de elegir y ser elegidos con que cuentan los afiliados a toda agrupación política”.Además de recalcar que “el rol esencial que los partidos desempeñan en el sistema democrático de gobierno, ha sido bien sintetizado con la afirmación según la cual los partidos políticos, cuyo desarrollo está íntimamente ligado al del cuerpo electoral, son a la democracia de tipo occidental lo que la raíz es al árbol”.

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